4 feb. 2025 activatie Humedades IV: condensación, cristales mojados por el interior Consejo Mantenimiento Nuestras manchas de humedad siguen apareciendo, y ya hemos comprobado que no provienen de cubierta, de fachada o carpintería, ni de instalaciones. Además, tenemos humedad en el ambiente, en casa huele a humedad, aparecen manchas de moho en lugares insospechados y los vidrios de nuestras ventanas se mojan por el interior, sobre todo por la mañana. Todo parece indicar que tenemos humedades por condensación, que se producen cuando la temperatura de la vivienda es superior a la del exterior, al tiempo que el aislamiento térmico de nuestra vivienda es insuficiente y hay escasa renovación del aire interior. Este tipo de humedad, que carga el ambiente del hogar y genera moho y ácaros, puede causar problemas en la salud de sus habitantes: desde dolores de cabeza, cansancio o malestar a enfermedades respiratorias, asma o dolencias reumáticas. Lo primero que necesita una vivienda afectada por humedades, de condensacion o cualquier otras, es ventilación: abrir las ventanas y dejar que penetre el aire del exterior. Pero, para resolver la causa del problema, la vivienda precisará de una mejora de su aislamiento térmico. Puedes contactar con un arquitecto técnico que estudie el problema y te ofrezca la mejor solución, técnica y económicamente hablando, para acabar con él de una vez por todas.
12 mar. 2015 Colegio_Murcia ¿Son accesibles las zonas comunes de mi edificio? Consejo Rehabilitación Las reformas para mejorar la accesibilidad llevadas a cabo en los portales de entrada, zaguanes y demás zonas comunes de edificios existentes han supuesto, en gran parte de ellas, soluciones insatisfactorias y poco funcionales por haber sido resueltas de una manera confusa, por múltiples y variadas causas: falta de conocimiento de las necesidades reales de las personas con discapacidad, por querer solucionar la situación con los menos recursos económicos posibles, no requerir asesoramiento técnico, etc. y han requerido de posteriores intervenciones. Se muestran ejemplos de estas soluciones insatisfactorias: Esta rampa tiene una pendiente elevada en exceso que, además de hacerla inutilizable, la convierte en peligrosa; a ello contribuye la presencia de las puertas a ras en cada uno de sus extremos y especialmente el sentido de apertura de las hojas de la puerta inferior. La excesiva pendiente se agrava con la falta de seguridad por pavimento deslizante y ausencia de una barandilla de protección. Los escasos recursos económicos han sido empleados en rampa impracticable y peligrosa. En estos casos también es llamativa la falta de protección en la rampa y su pendiente a la vista del espacio disponible. Las Comunidades de Propietarios están obligadas a la mejora de la accesibilidad. En los edificios existentes con cierta antigüedad requieren de obras para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal de modo que se permita el uso adecuado y fácil para todos sus usuarios y especialmente para las personas con discapacidad. La decisión de acometer estas obras no requiere del acuerdo previo de la Junta de Propietarios, siempre que no afecten a la estructura o fábrica del edificio, que no menoscaben la resistencia de los materiales empleados en la construcción y que sean razonablemente compatibles con las características arquitectónicas e históricas del edificio. El procedimiento de tramitación de solicitud por parte de los propietarios está regulado por la Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad, y establece en el mismo que es preceptivo el proyecto técnico junto al escrito de solicitud de la necesidad de obras de adecuación de la finca urbana y de los accesos a la misma desde la vía pública. A la vista del mismo la Comunidad de Propietarios deberá responder antes de 60 días sobre su consentimiento, proponer alternativas o sobre su oposición de forma razonada. El cambio legislativo en materia de accesibilidad de estos diez últimos años ha sido importante, supone un gran avance en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad. Estos derechos se transforman en necesidades a las cuales tienen que responder las propuestas de actuaciones en materia de accesibilidad en las zonas comunes de los edificios. Este cambio normativo incluye la reciente Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que en su Disposición Final Primera recoge las modificaciones de la Ley 19/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, y entre ellas cabe destacar las referidas a las para las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal, y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior. En este mismo sentido, el 11 de abril de este año entró en vigor el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, y establece que se considerarán actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad, las que adecuen los edificios y los accesos a las viviendas y locales, a la normativa vigente. En particular: a) La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente. b) La instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares. c) La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores. d) La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos. La cuestión de “ajustes razonables” para “asegurarles un uso adecuado a sus necesidades” establece un nuevo planteamiento en la intervención de los técnicos de la edificación encargados del estudio o proyecto y en intentar poner de acuerdo a las partes implicadas: solicitante (propietario/os) y Comunidad de Propietarios, y así evitar la vía judicial. Dos soluciones al mismo obstáculo. El ajuste razonable se produce en la foto de la derecha porque permite autonomía personal en el uso de la puerta y reduce el riego de vuelco con la silla de ruedas. Además para los viandantes es detectable reduciendo el riesgo de tropiezo. El estudio de cada caso es particular dada la conciliación de las necesidades funcionales personales y las características del espacio físico. El ajuste razonable no debe suponer una carga desproporcionada, estableciéndose para su calificación que sea menor a 12 mensualidades. El factor económico también puede ser importante pero existen diversas vías para afrontarlo como derramas en el tiempo, ayudas públicas y financiación especial. Respecto a quién debe asumir el coste de las obras o ajustes razonables, la ley establece que el importe repercutido anualmente de las mismas que puede asumir la Comunidad no será superior, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, a 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. El resto del coste será asumido por quien las haya requerido (propietario o Comunidad por acuerdo de la Junta de Propietarios). Ejemplo de buena intervención. Una vez realizadas las obras de accesibilidad es muy importante el mantenimiento de las mismas para que no se reduzca su funcionalidad y seguridad, por ejemplo que el pavimento se vuelva resbaladizo, los pasamanos no estén bien fijados, pérdida de iluminación, etc. Juan B. Cerezuela Martínez Colegiado COAATIEMU Arquitecto Técnico
3 feb. 2016 Colegio_Murcia Dispositivos de ahorro de agua Consejo Ahorro de agua Ahorrar agua es importante desde el punto de vista de mejora del medio ambiente y ahorro económico. Para conseguir esto, es importante incorporar nuevos hábitos que ayuden a disminuir el consumo de agua, como no dejar el grifo abierto mientras fregamos los platos, nos lavamos los dientes, ducharse en vez de bañarse, etc. Algunos dispositivos nos permiten maximizar el aprovechamiento del agua como los siguientes: -Grifos monomando: la ventaja que tienen estos grifos es que con un mismo mando permite regular la temperatura y el caudal, reduciendo el gasto de agua a diferencia de los mandos separados de agua caliente y fría que para ajustar la temperatura se necesita abrir ambos grifos con el derroche que esto supone. -Aireadores, perlizadores o reductores de caudal: estos dispositivos se pueden instalar fácilmente en la grifería sustituyendo el filtro normal y así obtener un ahorro de hasta el 50%. Algunos estrechan el caño, otros introducen aire en el chorro de agua y también los hay que limitan la apertura del mando. -Cisternas de bajo consumo: se ahorra agua mediante la incorporación de este sistema de descarga que permite al usuario escoger entre dos volúmenes diferentes de descarga de agua o mediante la parada voluntaria de la descarga. -Economizador reductor de agua en ducha: se coloca entre el grifo y el flexo de ducha, reduce el caudal a la mitad con cualquier presión y produce un menor gasto para calentar el agua. No necesita instalación profesional. También existe otro sistema que es el cabezal de ducha con reductor de presión que disminuye el caudal entregado. -Grifos termostáticos: mezclan el agua fría y caliente para conseguir la temperatura deseada y mantenerla siempre constante. Posee un gran ángulo de giro del volante de regulación de temperatura que permite obtener exactamente la temperatura deseada, a la vez que regula el caudal. -Grifería automática: estos dispositivos se instalan en lavabos, se ahorra agua gracias a su mecanismo capaz de abrir y cerrar el paso de agua automáticamente sin que necesite intervenir el usuario. Así se puede controlar el tiempo de suministro, limitándolo al tiempo exclusivamente de uso del mismo. -Grifería ecológica: se consigue ahorrar energía, ya que no mezcla el agua fría y caliente cuando se abre en posición central y no dispensa agua caliente hasta que no se gira la maneta. Hay que tener en cuenta que la caldera de agua caliente suele estar alejada del punto de suministro, por lo que cuando se abre el grifo se precisa de la mitad de agua caliente que luego no se utilizará ya que se cierra el grifo antes de que llegue. -Sistema de reciclaje de agua: hay diferentes sistemas que se encargan de recoger el agua del lavabo o de la ducha para, después de filtrarla y desinfectarla, utilizarla en el llenado del depósito del inodoro. Con este sistema se puede ahorrar hasta el 40%. -AquaReturn: es la solución al desperdicio de agua que se produce desde que se abre el grifo de agua caliente hasta que sale la temperatura deseada. Se trata de un electrodoméstico novedoso de pequeño tamaño que recircula el agua por un circuito cerrado hasta que alcanza los 35˚C, sólo a partir de ese momento el agua sale por el grifo. Este dispositivo se instala de forma sencilla y rápida debajo del lavabo sin necesidad de obras, posee un sensor de temperatura que reacciona en tres milésimas de segundo y emite un sonido a modo de aviso cuando ya dispones de agua caliente. Además el agua sobrante la bombea hasta la tubería de agua fría automáticamente. Se estima un ahorro de unos 8.000 litros de agua por persona/año, además se ahorra en energía térmica, al no derramar agua tibia por el desagüe. El agua es un recurso fundamental en la vida, por ello debemos tomar conciencia de su uso adecuado. La mejor forma de ahorrar agua es sin duda no derrochar, adquirir nuevos hábitos que nos ayuden a consumir agua de manera moderada. Por ejemplo, el goteo de un grifo mal cerrado puede suponer una pérdida de hasta 80 litros de agua a la semana. Aproximadamente el consumo medio por persona en nuestra vivienda es de unos 130 litros de agua diarios. Si utilizamos los dispositivos adecuados e incorporamos hábitos para no tirar agua innecesaria se podrá llegar a ahorrar hasta un 30% en la factura de cada mes. Si tiene alguna duda sobre la instalación de estos dispositivos o cómo ahorrar agua en su vivienda, contacte con su aparejador de cabecera quién le podrá asesorar sobre las soluciones más adecuadas.