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En información pública el anteproyecto de ley por la que se modifica la Ley del suelo y rehabilitación urbana
  • 23 dic. 2022

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En información pública el anteproyecto de ley por la que se modifica la Ley del suelo y rehabilitación urbana

Normativa El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha abierto la audiencia e información pública del Anteproyecto de ley por la que se modifica el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. La finalidad de esta norma es la adopción de un conjunto de medidas que pretenden reforzar la seguridad jurídica en el ámbito de la planificación territorial y urbanística, lo cual resulta clave para el desenvolvimiento de cualquier actividad económica según el Ministerio, más si cabe en este momento con la necesidad de asegurar el buen fin de los numerosos programas de inversión con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. De entre las modificaciones que se introducen en el TRLSRU cabe destacar la nueva redacción dada al apartado 4 del artículo 11 de conformidad con la interpretación derivada de las Sentencias del Tribunal Constitucional 143/2017, de 14 de diciembre y 75/2018, de 5 de julio, a la vez que se excluye de la regla del silencio negativo a la construcción de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, destinada al alquiler social, porque en la mayor parte de los casos son promovidas por las Administraciones Públicas, sus entes dependientes o mediante fórmulas de colaboración público-privada que llevan su propio procedimiento de conformidad con la legislación aplicable. También se resalta el refuerzo de la defensa del interés público del urbanismo impidiendo que la acción pública se ejerza en fraude de ley, con abuso de derecho, al margen del principio de la buena fe o en defensa de intereses meramente privados o económicos y en perjuicio de los intereses generales que defienden estos instrumentos de ordenación. Puede acceder al texto sometido a Información Pública en el siguiente enlace: https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica/tramite-de-audiencia-e-informacion-publica-del-anteproyecto-de-ley-por-la-que-se-modifica-el-real-decreto-legislativo-72015-de-30-de-octubre-por-el-que-se El plazo para remitir observaciones finaliza el próximo 9 de enero.

Consultas públicas previas del Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación
  • 19 dic. 2022

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Consultas públicas previas del Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación

Normativa Se han iniciado las consultas públicas previas de dos proyectos de Real Decreto que desarrollan la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura. El primero de ellos se refiere al proyecto de Real Decreto por el que se crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el real decreto 314/2006, de 17 de marzo y la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación. El Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura será una institución heredera del Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación creado por el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo. De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura, el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura se constituye como un órgano colegiado, con un carácter asesor y consultivo de la Administración General del Estado, que tiene como objetivo servir de plataforma de intercambio de conocimiento, participación, consulta y asesoramiento en las materias relacionadas con el objeto de esta ley. Simultáneamente a este desarrollo reglamentario y dada su estrecha relación con la calidad en el ámbito de la edificación, se pretende hacer una revisión del contenido y estructura del Registro General del CTE creado mediante el artículo 4 de la Parte I del CTE y regulado mediante la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio. El segundo de los reales decretos tiene por objeto crear y regular la Casa/Museo de Arquitectura, institución que aspira a convertirse en un referente nacional e internacional para la divulgación de la arquitectura a través de una doble sede: un museo físico y una plataforma digital, ambas conectadas entre sí. La Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura estableció en su artículo 7 la creación de la Casa/Museo Arquitectura, como un museo de titularidad y gestión estatal, adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. En su Disposición Final quinta, la ley emplazó al Gobierno a desarrollar la regulación de esta institución mediante la aprobación de un Real Decreto. Se puede acceder a las dos consultas públicas previas a través de la página de Participación Pública del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, desde los siguientes enlaces: > Consulta pública previa sobre el proyecto de Real Decreto por el que se crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo y la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación > Proyecto de Real Decreto por el que se crea y se regula la Casa/Museo de Arquitectura En estas páginas se encuentran las indicaciones para enviar aportaciones. El plazo para la presentación de observaciones termina el 31 de enero de 2023.

Aprobado RD 487/2022 sobre requisitos sanitarios para previsión y control de legionelosis
  • 24 jun. 2022

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Aprobado RD 487/2022 sobre requisitos sanitarios para previsión y control de legionelosis

Normativa El real decreto tiene por objeto la prevención y el control de la legionelosis, en aras de la protección de la salud humana, mediante el establecimiento de las medidas sanitarias a aplicar en las instalaciones susceptibles de la proliferación y diseminación de Legionella. Su ámbito de aplicación son las instalaciones que puedan ser susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria y, por tanto, de propagación de la enfermedad de la legionelosis durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento. Se aplica tanto a instalaciones en edificios, medios de transporte, instalaciones recreativas, instalaciones urbanas, instalaciones de uso sanitario o terapéutico y cualquier instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca, o sea susceptible de producir, aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población. A título de ejemplo, sin pretender ser una lista exhaustiva, en el anexo I se relacionan una serie de instalaciones que cumplen dichos requisitos. Descargar RD 487/2022

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