Eficiencia energética
El Parlamento Europeo y el Consejo Europeo adoptaron a principios de este año esta directiva, que fue publicada el 20 de septiembre de 2023, en el Diario Oficial de la UE.
La Directiva (UE) 2023/1791, modifica el Reglamento (UE) 2023/955 y entrará en vigor 20 días después de su fecha de publicación.
En su Comunicación de 17 de septiembre de 2020 «Plan del Objetivo Climático», la Comisión propuso incrementar la ambición climática de la Unión para 2030 elevando el objetivo de reducción de las emisiones e gases de efecto invernadero hasta, como mínimo, un 55 % por debajo de los niveles de 1990.
El propósito del paquete de medidas «Objetivo 55» es salvaguardar y crear puestos de trabajo en la Unión y permitir que esta se convierta en líder mundial en el desarrollo y la adopción de tecnologías limpias en la transición energética mundial, en particular de soluciones de eficiencia energética
La presente Directiva supone un paso adelante hacia la consecución de la neutralidad climática de aquí a 2050, en el marco de la cual la eficiencia energética se considera una fuente de energía por derecho propio. El Plan del Objetivo Climático prevé, por tanto, un conjunto de medidas necesarias en todos los sectores de la economía y la revisión de los instrumentos legislativos clave para lograr esa ambición climática más elevada.
Aunque el potencial de ahorro de energía sigue siendo elevado en todos los sectores, existe un reto particular en relación con el transporte, responsable de más del 30 % del consumo de energía final, y con los edificios, pues el 75 % del parque inmobiliario de la Unión tiene un bajo rendimiento energético.
Los Estados miembros deben desempeñar un papel ejemplarizante garantizando que todos los contratos de rendimiento energético, todas las auditorías energéticas y todos los sistemas de gestión de la energía del sector público se gestionen de conformidad con las normas europeas o internacionales, o que las auditorías energéticas se apliquen en gran medida a aquellas partes del sector público con gran consumo de energía. Los Estados miembros deben ofrecer orientación y deben prever procedimientos para el uso de dichos instrumentos.
Directiva (UE) 2023/1791