¿Para qué sirve el Informe de Evaluación del Edificio?

El Informe de Evaluación de Edificios (en adelante IEE) es el documento que acredita que el edificio se encuentra en un estado óptimo de conservación y lo hace adecuado para su habitabilidad, así como también certifica que cumple con las normativas de accesibilidad y eficiencia energética.

El IEE debe realizarse en edificios colectivos de carácter residencial, como son edificios de viviendas, residencias, hoteles, albergues, etc., de 50 años en adelante y deberá renovarse cada 10 años o menos según lo estipule la comunidad autónoma.

Si tu edificio tiene menos de 50 años, pero se encuentra dentro de un Plan Municipal de Evaluación de Edificios, también deberá realizarse el IEE.

Además, con la aprobación del RD 853/2021 de las Ayudas a la Rehabilitación, también es necesario disponer del IEE cuando se vayan a solicitar las ayudas al Programa 3, de rehabilitación a nivel edificio y Programa 5, para subvencionar la redacción del Libro del Edificio Existente. Consulta si en tu Comunidad Autónoma aún esta abierta la convocatoria de solicitud. 

Los Arquitectos técnicos, como expertos en edificación, somos competentes para su redacción, tras una visita presencial y una inspección detallada previa al edificio. En caso de que el inmueble este dentro del plan municipal de evaluación, tanto la inspección como el informe lo realizara el técnico municipal.

Si tu edificio tiene la ITE, no es necesario hacer el IEE al completo, basta con añadir los puntos que no estén incluidos en la Inspección Técnica, concretamente los relativos a eficiencia energética y accesibilidad

¿Cuándo es obligatorio obtener el IEE?

El informe es obligatorio, como ya hemos comentado, si el edificio tiene 50 años o más, o si está en un plan especial de de evaluación. También lo será si queremos vender o alquilar nuestra vivienda y el edificio con las condiciones mencionadas; y si queremos que nuestro edificio se beneficie de ayudas públicas para actualizar y rehabilitar la fachada, la instalación de energías renovables o incluso para hacer el edificio más accesible, instalando rampas, ascensores, elevadores, salvaescaleras, etc.

En resumen, ¿para qué sirve el IEE?

Gracias a este informe sobre el estado del edificio podemos:

  • Certificar que sigue siendo posible el uso, de manera óptima, del edificio residencial tras 50 años o más.
  • Posibilitar la mejora y funcionalidad de los edificios, haciéndolos más accesibles, eficientes energéticamente y asegurando la estabilidad de la estructura y acabados.

Contacta con un arquitecto técnico, y olvídate de todo lo demás: nuestros servicios incluyen la realización del informe, tramitación en la Comunidad autónoma, y en caso de que lo requiera, solicitud de las ayudas de rehabilitación, asesoramiento en la actuación a realizar y los trámites para su ejecución.

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Consejo Eficiencia Energética Desde años atrás, cuando la construcción de viviendas estaba en auge, la eficiencia energética en aplicación de las viviendas era una hipótesis, a sabiendas que ahorraba emisiones a la atmosfera y consumos de energía. Sabíamos que el incremento del consumo de electricidad en los países miembros de la Comunidad Europea y el alto índice de emisiones a la atmósfera provocaba el incumplimiento del Protocolo de Kyoto dónde se exigían reducciones de gases de efecto invernadero a la atmosfera, que provocaría el endurecimiento de la normativa. Ese momento llegó a nuestra regulación nacional, con previo aviso de la Directiva Europea 2010/31, donde limita hasta finales del año 2020, un 20% las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera, reducción de un 20% las demandas de consumo de energía y exige un 20% de implantación de energías renovables. Esta Directiva es la que abre los ojos a nuestros políticos y nos hace ver a los ciudadanos la gran importancia de rehabilitar las viviendas, ya que genera trabajo y además se ahorra dinero en producción de electricidad y emisiones a la atmósfera que es lo que desde Europa nos recuerdan año tras año. De ello, se toma nota a nivel estatal y se fragua el actual real decreto 235/2013, Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios existentes, con el fin de calificar una vivienda obteniendo el nivel de emisiones y demandas de consumo energético. En la mayor parte de los países de la Comunidad Europea se certifica energéticamente las viviendas desde el año 2007. Como sabemos esta Directiva provocó el endurecimiento del nuestro documento básico de Ahorro de Energía aprobado por la Orden FOM 1635/2013 aprobado  y con entrada en vigor en el BOE 10 de septiembre de 2013, con un nuevo apartado HE-0 para justificar el consumo de energía limitándolo a valores que nos llevan a construcción de viviendas con calificaciones de alta eficiencia energética. La certificación energética para nuestro colectivo es un campo que nos hace posible demostrar al cliente la aplicación de nuestros conocimientos adquiridos en nuestra formación académica y experiencia laboral con la construcción de las viviendas y edificios terciarios, desde la envolvente hasta las instalaciones. Actualmente existen programas de rehabilitación energética de edificios del sector residencial para promover la realización de medidas de ahorro y eficiencia energética sobre la envolvente, las instalaciones térmicas y de iluminación de los edificios existentes de uso residencial y hotelero, y la incorporación de energías renovables, y nuestro colectivo está preparado para llevarlo a cabo.                 Es necesario que promovamos la eficiencia energética ya que el parque inmobiliario lo requiere. Con pequeñas actuaciones podemos conseguir ahorros en el consumo y en emisiones de kgCO2, que por el momento no parecen importantes, pero que en un futuro no lejano será muy importante esta rebaja de emisiones. Por ejemplo, una vivienda unifamiliar cuya envolvente data de 1990, destinando mejoras en la envolvente por un valor de 10.000 €, se tardaría en amortizar 8 años dicha rehabilitación y nos ahorraríamos a partir de ese momento 900 €/año que empleamos en darle confort a dicha vivienda. Si además invertimos en el sistema de acondicionamiento y agua caliente sanitaria unos 4.500 € en 6 años hemos amortizado la mejora y a partir de ese momento podemos ahorrarnos 600 €/año. Quizás parezca algo idílico, pero hoy día gastar 1.000 € en gasoil para combustible en dar calefacción a una vivienda unifamiliar o gastar 300 € de electricidad para climatizar en verano la misma vivienda, requiere al igual que buscamos un seguro de vivienda o de coche más barato, pararse a pensar cuantos años de amortización y cuanta inversión esta el dueño a destinar para que su vivienda sea energéticamente más funcional y actualizada a normativa vigente. Si en el futuro, (al igual que los vehículos) fuera predecible que tener mejor calificación energética, obtuviera un beneficio del impuesto de bien inmueble, ¿el cliente contrataría a un técnico para realizar un estudio previo? Es dónde nuestro colectivo, los aparejadores, puede asesorar al dueño de la vivienda o promotor de viviendas en la citada inversión y buscar ayudas que a día de hoy existen para hacer una vivienda energéticamente más eficiente y dentro del presupuesto de obra destinado a la partida a estudio y por tanto la vigilancia para que se lleve a cabo correctamente. Aunque la eficiencia energética parezca lejana y difícil de cumplir, cada año que pasa, estamos más cerca de conseguir unas viviendas confortables y ahorradoras. Por poner algún símil, ¿cuántas lavadoras hay en el mercado con una clasificación energética A? o ¿cuántos vehículos de combustible eléctrico, biodiesel, gas, hibrido hay en el mercado a disposición del cliente? Está claro que la sociedad se mueve en beneficio de la eficiencia energética y nuestro colectivo debe poner las ganas y los medios para hacerlo realidad explicando a nuestros clientes la rentabilidad de la eficiencia energética. Depende de nosotros.