¿Vas a hacer obras? Necesitarás un Arquitecto Técnico

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¿Vas a hacer obras? Necesitarás un Arquitecto Técnico

¿Vas a hacer obras? Necesitarás un Arquitecto Técnico

Otras publicaciones

Protege tu casa frente a la gota fría
  • 25 nov. 2020

  • activatie

Protege tu casa frente a la gota fría

Consejo Mantenimiento Dicen las previsiones meteorológicas que una DANA o gota fría afectará a gran parte de España en los próximos días. Ante el anuncio de precipitaciones fuertes y abundantes, ¿debemos tomar alguna medida en nuestra casa? Los arquitectos técnicos, expertos en edificación y vivienda, recomiendan algunas sencillas prácticas que puede realizar el usuario y evitar daños en la vivienda.. Revisar cubiertas y balcones Retirar macetas y objetos que obstaculicen el paso del agua. Es necesario que el agua circule hacia los desagües evitando estancamientos. Limpiar los sumideros, las superficies de la cubierta y las canales y comprobar el funcionamiento de los desagües. Eliminar las plantas que puedan haber crecido en las juntas de la cubierta y comprobar si se han movido tejas o abierto juntas que sea necesario reparar. Revisar elementos que puedan desprenderse Debemos revisar las sujeciones de toldos, aparatos de aire acondicionado, antenas… y todos aquellos elementos que estén a nuestro alcance y sean susceptibles de desprenderse, pues este tipo de tormentas suelen venir acompañadas de fuertes vientos. Repasar la carpintería exterior Las juntas de la carpintería (puertas y ventanas) deben estar en buen estado, sin discontinuidades ni pérdidas. Si no están en buen estado, podría suponer una entrada de agua. Comprobar que las hojas de puertas y ventanas cierran bien. Limpiar los desagües de la carpintería para evitar que el agua se acumule y pueda entrar en el interior de la vivienda. Comprobar las bombas de achique Si el sótano tiene bomba de achique hay que comprobar su correcto funcionamiento. Evitar el uso del ascensor Con la tormenta ya iniciada, evitaremos el uso del ascensor en previsión de un corte del suministro eléctrico.   Con posterioridad Si con posterioridad a la tormenta has detectado humedades o entrada de agua en tu vivienda, ponte en contacto con un arquitecto técnico para que revise todos los elementos que puedan ocasionar el problema y prescriba la solución adecuada al mismo para que no vuelva a suceder. Puedes solicitar un aparejador o arquitecto técnico en tuedificioenforma.es. Estaremos encantados de atenderte.

La Conselleria anuncia nuevas ayudas a la rehabilitación. Conoce los detalles
  • 4 mar. 2016

  • CAATIE_Valencia

La Conselleria anuncia nuevas ayudas a la rehabilitación. Conoce los detalles

Subvención Rehabilitación Con un presupuesto de 18 millones de euros, cofinanciados entre Ministerio y Generalitat, y destinados a actuaciones de conservación, sostenibilidad y accesibilidad de los edificios, la próxima convocatoria de ayudas a la rehabilitación, enmarcadas en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas, ha despertado expectación en el sector. La pasada semana, el Instituto Valenciano de la Edificación organizaba una jornada al respecto donde representantes de la Conselleria explicaban las características de esta próxima orden. El Blog estuvo allí. Os lo contamos. Preparar la documentación Tal como explicaba Javier Peñarrocha, Jefe del Servicio de Rehabilitación de la Conselleria de Vivienda, una de las principales novedades de esta próxima orden de ayudas es el cambio en la normativa aplicable, regida por el Real Decreto 233/2013 que regula el Plan Estatal. Este decreto establece la concurrencia competitiva, que establece un plazo para presentar la solicitud de ayudas y un baremo de solicitudes que determinará la resolución de concesión de las mismas. Por ello, en el momento en que se publique la orden de ayudas, prevista inicialmente para el mes de abril, los interesados tendrán un plazo de dos meses para presentar la solicitud, que incluirá el IEEregistrado telemáticamente y la memoria o proyecto de actuación, por lo que el Jefe de Servicio de Rehabilitación de la Conselleria, recomienda “no esperar a que se publique la convocatoria” para ir preparando dicha documentación. Como ventaja, Peñarrocha destaca la agilidad del pago, pues una vez emitida la resolución de la concesión (con un plazo de 6 meses desde la publicación de la orden) la Administración dispone de 30 días para hacer efectiva la subvención al beneficiario. Inicio y fin de las obras En el momento de presentar la solicitud de ayudas, las obras podrán estar iniciadas, pero no terminadas, y siempre que el inicio sea posterior a la presentación telemática del IEE. En cualquier caso, deberán iniciarse en un plazo de 3 meses desde la resolución de concesión de ayudas. El plazo para ejecutar la obra de rehabilitación no podrá exceder de 16 meses, contados desde la fecha que figure en el certificado de inicio de la obra de rehabilitación, y tendrán que estar acabadas antes del 31 de diciembre de 2017. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las ayudas: Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios. Propietarios únicos de edificios de viviendas. Administraciones públicas y entidades de derecho público de inmuebles íntegramente destinados al alquiler, durante, al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda. Requisitos de los edificios Las actuaciones subvencionables deberán efectuarse en edificios de tipología residencial colectiva, que cumplan los siguientes requisitos: Que sean anteriores a 1981 Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda. Que, al menos, el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Como excepciones, se admitirán actuaciones subvencionables en edificios que, sin cumplir las condiciones anteriores: Presenten daños graves recogidos en el IEE Sean anteriores al año 2000 y tengan íntegramente como destino el alquiler, durante, al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda. Además, para actuaciones de accesibilidad y sostenibilidad, deben tener al menos 8 viviendas, salvo que viva, al menos, una persona mayor de 65 años o con diversidad funcional. Importancia del IEE El IEE, presentado telemáticamente, es fundamental para la obtención de las ayudas, pues gran parte de las actuaciones subvencionables deben responder a deficiencias detectadas en el informe. Del mismo modo, se debe priorizar la realización de las actuaciones que el IEE determine como urgentes. Actuaciones subvencionables Las ayudas subvencionarán tres tipos de actuaciones: relativas a conservación, a sostenibilidad y a accesibilidad. Conservación: En cimentación, estructura e instalaciones, las actuaciones que respondan a deficiencias detectadas en el IEE. En fachadas, cubiertas, medianeras y elementos comunes, solamente las actuaciones que respondan a deficiencias detectadas en el IEE en dos casos: cuando se realicen en edificios declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados o protegidos, o situados en conjuntos histórico-artísticos cuando se ejecuten simultáneamente con actuaciones para la mejora de la sostenibilidad que resulten subvencionables. En instalaciones comunes (electricidad, fontanería, gas, saneamiento, residuos y telecomunicaciones) con el fin de adaptarlas a la normativa vigente. Sostenibilidad En las actuaciones relativas a la mejora de la sostenibilidad, existen unas actuaciones que son imprescindibles para la obtención de ayudas y otras que resultan complementarias. Para obtener ayudas en Sostenibilidad habrá que efectuar, al menos, una de las tres actuaciones siguientes y en cualquier caso, cualquiera de ellas debe lograr una disminución de, al menos el 30%, en la demanda energética para calefacción y refrigeración del edificio: Mejora de la envolvente térmica del edificio. Mejora de las instalaciones de climatización o ACS. Instalación de equipos de energías renovables: solar, biomasa o geotérmica. Además, serán subvencionables, siempre que se vaya a ejecutar también al menos una de las 3 anteriores, las siguientes actuaciones: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de ascensores e iluminación en zonas comunes. Mejora de la instalación de fontanería para ahorro de agua o implantación de redes de saneamiento separativas. Mejora de las condiciones de protección frente al ruido. Para el abono de las ayudas, será necesario presentar el certificado de eficiencia energética que justifique la reducción de la demanda energética en, al menos, un 30%. Accesibilidad: Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente. Instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio. Instalación de elementos de información o de aviso, como señales luminosas o sonoras, que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores. Instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, como videoporteros y análogos. Cuantía de las ayudas En actuaciones de conservación la ayuda alcanzará 2.000 € por vivienda o por 100 m2 de local. Esta ayuda para la conservación se incrementará en 1.000 € más si las obras se acometen simultáneamente con otras para la mejora de la sostenibilidad que resulten también subvencionables (independientemente de la subvención que reciban esas actuaciones de sostenibilidad). Y a ellas se les añadirán 1.000 euros más si ambas se realizan junto a actuaciones de mejora de la accesibilidad que resulten subvencionables (independientemente de la subvención que reciban esas actuaciones de accesibilidad) Para actuaciones de mejora de la sostenibilidad, se destinarán ayudas de 2.000 € por vivienda o 100 m2 de local. Pero si se reduce la demanda energética en al menos un 50%, la cuantía será de 5.000 €. Por actuaciones de mejora de la accesibilidad, se concederán ayudas de 4.000 € por vivienda o 100 m2 de local. En todas las actuaciones, la cuantía de las ayudas se podrá incrementar en un 10% si se trata de edificios BIC o edificios catalogados. Límite de las ayudas El Ministerio subvencionará hasta el 35% del coste de la actuación, con un límite de 11.000 € por vivienda o 100 m2 de local. La Generalitat aporta un 10% más del coste subvencionable, con límite de 4.000 €, si al menos el 60% de los propietarios de las viviendas tienen unos ingresos iguales o inferiores a 3,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) Para poder computar la cuantía establecida por cada 100 m2 de superficie útil de local será necesario que los locales participen en los costes de ejecución de las obras correspondientes. El coste subvencionable incluirá el coste de las obras, los honorarios profesionales correspondientes y los gastos de tramitación administrativa, excluyendo impuestos y tasas. Otras ayudas Durante la Jornada, los ponentes explicaron también el programa de ayudas destinadas a la realización de IEEs y el programa de ayudas a la regeneración y ordenación urbanas, destinado a ayuntamientos, que detallaremos en próximos posts.

Humedades II: Manchas de humedad en las paredes de tu vivienda
  • 7 dic. 2022

  • activatie

Humedades II: Manchas de humedad en las paredes de tu vivienda

Consejo Mantenimiento Continuamos con nuestra serie de consejos sobre humedades. Esta vez nos centramos en las típicas manchas de humedad que aparecen en las paredes de las viviendas. ¿Por qué se producen? ¿cómo se evitan? Cuando aparecen humedades en las paredes de tu vivienda, las causas más frecuentes suelen tener su origen en la carpinteria de la vivienda o en el estado de la fachada del edificio. La carpintería: El deterioro del sellado de las ventanas ocasiona la filtración del agua al interior. Para evitarlo, deben renovarse los sellados, al menos cada tres años, y mantener limpiar las canaletas del marco para que el agua tenga su recorrido de evacuación despejado. La fachada: Un estado deficiente de la fachada del edificio puede provocar filtraciones al interior de las viviendas, concretamente a las paredes que corresponden a dicha fachada, delantera o posterior. Para evitarlo, la comunidad de propietarios debe contactar con un arquitecto técnico, que efectúe un estudio del estado de la fachada y proponga, si es necesario, la intervención más adecuada a la rehabilitación de la misma. Humedades por capilaridad: Es un proceso por el cual el agua y la humedad presente en la zona sobre la que está asentada la edificación ascienden poco a poco hasta alcanzar una altura que puede llegar a ser de hasta un metro y medio. Recuerda que hay múltiples causas que pueden provocar la aparición de humedad. En esta serie de consejos exponemos las más frecuentes, pero si en tu casa o edificio hay una humedad que se resiste a cualquier remedio, consultad a un arquitecto técnico. Os hará un estudio detallado, dará con la causa del problema y propondrá la solución más adecuada al mismo, aquella que hará que no vuelva a aparecer esa maldita mancha de humedad.