18 jul. 2019 fomento.gob.es Fomento lanza una web para informar a la ciudadanía de sus derechos y deberes en materia de alquiler de vivienda Consejo Proyectos Técnicos El Ministerio de Fomento pone en servicio un sitio web a disposición de la ciudadanía con información detallada y accesible para facilitar el desarrollo de la relación contractual de arrendamiento de vivienda. La herramienta viene a integrar toda información pública, a nivel estatal, en materia de alquiler. Por una parte, pretende facilitar los aspectos fundamentales que necesita saber tanto parte arrendataria como arrendadora para suscribir un contrato de alquiler. Asimismo, tiene como objetivo dar a conocer las principales novedades que presenta el Real Decreto-Ley 7/2019 en vigor desde marzo que ha reformado la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994. El nuevo sitio web también aporta información útil sobre cómo proceder a los trámites del depósito de las fianzas del contrato de arrendamiento. Para ello, enlaza con las distintas páginas web de los organismos autonómicos competentes para realizar este trámite. Del mismo modo, el ‘site’ permite acceder a las páginas web que contienen información de las ayudas al alquiler que cada Comunidad Autónoma tienen establecidas, así como los requisitos para obtenerlas. Guía para la elaboración de un contrato de arrendamiento de vivienda La herramienta también ofrece una guía práctica orientativa que recoge cláusulas y condiciones con una explicación detallada en cada apartado, según establece la Ley, para la elaboración de un contrato de alquiler. Cabe recordar que un contrato de alquiler es donde quedan registrados los pactos, cláusulas y condiciones acordados libremente por las partes y esta guía no se crea como un modelo único, pero incluye cláusulas que habitualmente aparecen en los contratos y proporciona una recomendación para dar mayor información que garantice que los contratos que se firmen se acojan a los requisitos que regula la Ley. Servicio de atención ciudadana Con el nuevo sitio web el Ministerio de Fomento pone en marcha un servicio de atención ciudadana para poder atender las dudas que puedan surgir a la hora de alquilar una vivienda. Por una parte, ofrece el teléfono gratuito 900 900 707 y, por otra parte, un buzón donde registrar las dudas que un equipo técnico responderá. El enlace a la nueva web es el siguiente: https://www.fomento.gob.es/alquiler
10 mar. 2015 Colegio_Murcia ¿Qué es el Informe de Evaluación de Edificios y cuándo es necesario? Consejo Mantenimiento Al igual que ocurre con los vehículos, que deben pasar regularmente la ITV, los edificios, cuando alcanzan una determinada antigüedad, deben pasar una inspección que evalúe su estado de conservación y funcionalidad, y en caso de que no sea el adecuado por poner en riesgo la seguridad de las personas, someterlo a las actuaciones que fuera necesario emprender. Esta inspección, que ya fue regulada de manera obligatoria hace años en numerosos Ayuntamientos y Comunidades Autónomas con el nombre de Inspección Técnica de Edificios, pasa a ser ahora obligatoria en todo el ámbito nacional, de la mano de Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, mediante los denominados Informes de evaluación. El Informe de evaluación resulta de una inspección por parte de un técnico competente, (los arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros de edificación lo somos), y comprende por un lado la citada inspección técnica del edificio, en la que se evalúan el estado de conservación del mismo y las condiciones básicas de accesibilidad, y, por otro lado, la toma de datos para la realización del certificado de eficiencia energética. ¿CUÁNDO ES NECESARIO? Este informe es obligatorio en los edificios de tipología residencial colectiva que tengan una antigüedad superior a 50 años, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas aprueben una regulación más exigente. Sin embargo, los técnicos consideramos que una vez que el edificio alcanza los 15 años, es muy recomendable la realización de este tipo de inspecciones, que pueden permitir detectar y subsanar a tiempo anomalías, evitando posteriores reparaciones mucho más costosas. También es prescriptivo en el caso en que los propietarios del edificio residencial en cuestión soliciten ayudas para la rehabilitación de las zonas comunes del mismo. SUBVENCIONES ESTATALES PARA SU REALIZACIÓN El PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2013-2016, incluye ayudas a la implantación de este Informe de Evaluación de Edificios, con una subvención máxima del 50 por 100 del coste del mismo. Para más información sobre condiciones y asesoramiento, debe dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de su Comunidad Autónoma. Los aparejadores somos plenamente competentes en la realización de estos informes, ofreciendo nuestros servicios de asesoramiento y redacción de los mismos como expertos en la materia. Otros artículos relacionados: - Convocatoria de ayudas de la Región de Murcia destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios - Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios. CARM
8 nov. 2021 Colegio_Murcia Geotermia: la energía que nos da la tierra Consejo Eficiencia Energética La energía geotérmica es una energía renovable que se obtiene del interior de la tierra para obtener climatización, agua caliente y electricidad. Este sistema aprovecha las temperaturas del subsuelo utilizando una bomba de calor para extraer el calor existente acumulado y transformarlo en energía útil para el funcionamiento de las instalaciones interiores de la vivienda. Entre los 15 y 20 metros de profundidad, la estabilidad térmica en España en general se sitúa entre unos 15 y 18 grados todo el año, independientemente de la estación del año o de las condiciones meteorológicas. Es esta capacidad que el subsuelo posee de acumular calor y de mantener una temperatura constante, la que permite realizar un intercambio energético de alto rendimiento. Se trata de un sistemas no se ha utilizado mucho en España, pero, al igual que las demás energías renovables, se está extendiendo cada vez más. Ventajas: Ahorro energético: el aprovechamiento del calor existente en la tierra y utilizarlo como fuente para el funcionamiento de las instalaciones de la vivienda permite la disminución de la demanda energética, lo que supone también un ahorro económico en la factura mensual. Sistema ecológico: es un sistema que utiliza fuentes naturales, por tanto, se disminuye la emisión de gases tóxicos y CO2 al ambiente porque no necesita la quema de combustibles fósiles como lo hacen otras formas de obtención de energía. Funcionamiento. Es un sistema que no hace ruido y, una vez instalado correctamente, no necesita mucho mantenimiento. Estética. Siendo la extracción desde el interior de la tierra, los elementos están enterrados, es decir, quedan ocultos y no es necesario colocar aparatos en fachadas y cubiertas que en muchos casos no quedan compatibles con la estética de la vivienda Desventajas: No se puede instalar en todos los lugares. Puede producir deterioros del paisaje por la explotación de yacimientos. Se debe utilizar en la zona donde esta instalada, no se transporta. El coste inicial del sistema es muy elevado en comparación con los tradicionales, aunque a largo plazo se ahorra mucho en facturas. El agua extraída del subsuelo puede estar contaminada y los yacimientos pueden emitir sustancias nocivas. instalación compleja ¿Cómo conseguir un buen diseño? Para que nuestro sistema sea eficaz y rentable es muy importante tener mucho cuidado a la hora de su diseño y su instalación, para ello, hay que tener en cuenta varios aspectos previos: Calcular la demanda energética del edificio. Estudiar las propiedades de terreno donde se vaya a instalar. Elegir la bomba de calor necesaria. En conclusión, la energía geotérmica es una manera de conseguir energía limpia y gratis aprovechando las fuentes naturales inagotables de las que disponemos. Si estás interesado que contacta con nuestros técnicos y te informarán de todo.