Hacia la sostenibilidad (II): Estándar Passivhaus

Hace unas semanas publicamos la primera parte de este artículo en el que resumimos las diferentes ponencias que se expusieron en el foro “Hacia la sostenibilidad en Edificación” organizado por el Colegio de Arquitectos Técnicos de la Región de Murcia (COAATIEMU), a través de la Plataforma Activatie, la Red Profesional de Arquitectos técnicos.

En la primera parte tratamos los fundamentos para una Construcción sostenible. Y en esta segunda parte, nos centraremos en el estándar Passivhaus, que es una metodología de construcción encaminada a la eficiencia energética que lo que busca es dar el máximo confort para las personas, una calidad de aire interior óptima y que el consumo de la edificación sea casi nulo.

Este estándar valida que una edificación es eficiente energéticamente, pero es algo más que eso: se reduce el gasto de la energía de calefacción y refrigeración en el 90%; estas edificaciones hacen un uso eficiente de sol y de los sombreados estratégicos para proteger del calor, también cuentan con un aislamiento térmico óptimo para conseguir en el interior una temperatura cómoda y por supuesto un sistema de ventilación con aire fresco continuo imperceptible.

Las viviendas que se diseñan o reforman para conseguir esta certificación buscan evitar las pérdidas de calor en invierno y la entrada de calor en verano.    

El ahorro energético en estas edificaciones se obtiene gracias a un minucioso diseño y gran control en la obra.

Este estándar no exige soluciones o tipologías constructivas concretas, pero si que exige que se cumplan determinados requisitos, como son conseguir reducidos índices de demanda de calefacción/refrigeración (<15kW al año) y conseguir una estanqueidad óptima que no genere perdidas de energía. De manera más sencilla, en una vivienda de 100m2 tendríamos un gasto anual de 100€ en calefacción/refrigeración.

Los principios básicos del estándar Passivhaus son:

  • Diseño bioclimático: captación de energía solar, aprovecharla y evitar que se pierda.
  • Aislamiento para evitar pérdidas caloríficas.
  • Ausencia de puentes térmicos.
  • Hermeticidad para eliminar las pérdidas por filtración.
  • Ventanas de altas prestaciones, ya que es uno de los puntos de mayor pérdida de energía.
  • Ventilación mecánica con recuperador de calor, lo que eleva la calidad del aire interior.
  • Protección solar pasiva, para reducir el impacto del sol en el interior de la vivienda.
  • Free cooling, que consiste en el aprovechamiento del aire exterior para conseguir enfriar una estancia.
  • Calefacción y refrigeración eficiente.

Passivhaus es un estándar de construcción, no es un certificado; es decir, se puede construir en base a este estándar y no tiene porque certificarse. Lo que se busca con Passivhaus es que la edificación se comporte como ha sido diseñada: para conseguir la excelencia en la eficiencia energética.

Si piensas en realizar una reforma de alta eficiencia energética o construir una vivienda de consumo casi nulo, contacta con un arquitecto técnico se encargará de ayudarte.

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Hacia la sostenibilidad (II): Estándar Passivhaus

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¿Qué tipo de bombilla debería elegir?
  • 17 feb. 2015

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¿Qué tipo de bombilla debería elegir?

Consejo Eficiencia Energética Gracias a los avances tecnológicos,las bombillas LED (Diodo Emisor de Luz) y las bombillas de bajo consumo, cubren con creces las necesidades de cualquier hogar proporcionando ventajas en el ahorro de energía. A continuación ofrecemos, las características, ventajas e inconvenientes de cada tipo de bombilla, y su posterior comparación. BOMBILLAS LED Una bombilla LED, se caracteriza porque su vida útil es mayor y consume muy poca energía, además de reducir las emisiones de CO2. Se estima que tienen una duración útil de 50.000 horas, por lo que pueden llegar a durar más de 30 años si las mantenemos encendidas unas 4 horas al día.&nbsp;Aunque su precio sea algo más elevado que el resto de bombillas, queda claro que su duración lo compensa con creces.&nbsp; Este sistema de iluminación, generalmente, consume un 50% menos si lo comparamos con bombillas de bajo consumo y un 80% menos si lo comparamos con bombillas incandescentes tradicionales. Esto se debe a que el 98% de la electricidad que consume una bombilla LED se transforma en luz y no en calor. Aunque no generan tanto calor como el resto de luminarias, para que funcione correctamente y su vida útil sea la máxima posible, es fundamental evacuar eficientemente el calor que se acumula en el chip que poseen los LEDs. El exceso de temperatura puede llegar a reducir considerablemente su vida útil y puede afectar también a la calidad de la luz emitida (color, intensidad, etc.). No obstante, recordemos que su vida útil es mucho mayor que una lámpara convencional. Además, otra de las virtudes de esta forma de iluminación es que pueden permanecer encendidas por periodos largos de tiempo y encenderse y apagarse de forma repetida. Esto no afecta ni a su rendimiento ni a su vida útil, siendo ideales tanto para viviendas como para escaleras comunitarias de bloques de pisos. BOMBILLAS DE BAJO CONSUMO Este tipo de bombillas fluorescentes compactas funcionan de forma parecida a los fluorescentes de tubo de toda la vida. La diferencia es que, este tipo de bombillas, aporta una serie de ventajas, además de su bajo consumo, que se deben tener en cuenta: son frías, no emiten la misma cantidad de calor que las bombillas tradicionales; utilizan entre un 50% y un 80 % menos de energía produciendo la misma cantidad de luz; y su calidad-precio, son más caras, pero también duran más. Se estima que tienen una vida útil de 6.000 – 10.000 horas. Sin embargo debido a constantes encendidos y apagados, la vida útil puede verse reducida. Se recomiendo en lugares donde la luz permanece encendida mucho tiempo como habitaciones y salones ya que tarda unos segundos en alcanzar su máxima potencia. Su mayor inconveniente es que contiene un gas con una pequeña porción de mercurio, que va desde los 3 mg a los 6mg, que la convierte en un residuo peligroso. Es por ello que, este tipo de bombillas no pueden desecharse en la basura sino que tienen que ser entregadas en puntos especiales para su reciclaje, algo que desconoce gran cantidad de la población. REALICEMOS UNA COMPARATIVA La gran diferencia entre las bombillas LED y las de bajo consumo, es que las LED no contienen ningún elemento tóxico. Además, una bombilla que se va a utilizar durante ciclos de menos de 40 segundos (aproximadamente) no es recomendable que sea de bajo consumo, ya que en el encendido su consumo es tan alto que no compensaría el ahorro posterior, además, su vida útil sería demasiado corta si la utilizamos de este modo. En este caso sería recomendable utilizar bombillas LED ya que su vida útil es mayor y la operación de encendido no le afecta tanto, ya que alcanzan el 100% de su rendimiento desde el momento que se encienden. Además, al no tener filamento, no es posible que se fundan. Por lo tanto, sin duda la mejor opción a pesar de ser algo más caras, es optar por bombillas LED, ya que son más eficientes y menos contaminantes. Su precio actualmente resulta algo elevado, pero hace unos años las bombillas de bajo consumo también tenían un elevado coste y paulatinamente éste se ha ido reduciendo, por lo que se espera que en un tiempo se regulen los precios de las bombillas LED. Recuerde que el tipo de iluminación necesaria es diferente para cada estancia y para cada uso. Si tiene alguna duda sobre el tipo de bombilla a elegir o cómo obtener la mejor iluminación contacte con su aparejador de cabecera para recibir un mejor asesoramiento.

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¿Son accesibles las zonas comunes de mi edificio?
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¿Son accesibles las zonas comunes de mi edificio?

Consejo Rehabilitación Las reformas para mejorar la accesibilidad llevadas a cabo en los portales de entrada, zaguanes y demás zonas comunes de edificios existentes han supuesto, en gran parte de ellas, soluciones insatisfactorias y poco funcionales por haber sido resueltas de una manera confusa, por múltiples y variadas causas: falta de conocimiento de las necesidades reales de las personas con discapacidad, por querer solucionar la situación con los menos recursos económicos posibles, no requerir asesoramiento técnico, etc. y han requerido de posteriores intervenciones. Se muestran ejemplos de estas soluciones insatisfactorias: &nbsp; Esta rampa tiene una pendiente elevada en exceso que, además de hacerla inutilizable, la convierte en peligrosa; a ello contribuye la presencia de las puertas a ras en cada uno de sus extremos y especialmente el sentido de apertura de las hojas de la puerta inferior. &nbsp; La excesiva pendiente se agrava con la falta de seguridad por pavimento deslizante y ausencia de una barandilla de protección. &nbsp; Los escasos recursos económicos han sido empleados en rampa impracticable y peligrosa. &nbsp; En estos casos también es llamativa la falta de protección en la rampa y su pendiente a la vista del espacio disponible. &nbsp; Las Comunidades de Propietarios están obligadas a la mejora de la accesibilidad. En los edificios existentes con cierta antigüedad requieren de obras para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal de modo que se permita el uso adecuado y fácil para todos sus usuarios y especialmente para las personas con discapacidad. La decisión de acometer estas obras no requiere del acuerdo previo de la Junta de Propietarios, siempre que no afecten a la estructura o fábrica del edificio, que no menoscaben la resistencia de los materiales empleados en la construcción y que sean razonablemente compatibles con las características arquitectónicas e históricas del edificio. El procedimiento de tramitación de solicitud por parte de los propietarios está regulado por la Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad, y establece en el mismo que es preceptivo el proyecto técnico junto al escrito de solicitud de la necesidad de obras de adecuación de la finca urbana y de los accesos a la misma desde la vía pública. A la vista del mismo la Comunidad de Propietarios deberá responder antes de 60 días sobre su consentimiento, proponer alternativas o sobre su oposición de forma razonada. El cambio legislativo en materia de accesibilidad de estos diez últimos años ha sido importante, supone un gran avance en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad. Estos derechos se transforman en necesidades a las cuales tienen que responder las propuestas de actuaciones en materia de accesibilidad en las zonas comunes de los edificios. Este cambio normativo incluye la reciente Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que en su Disposición Final Primera recoge las modificaciones de la Ley 19/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, y entre ellas cabe destacar las referidas a las para las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal, y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior. En este mismo sentido, el 11 de abril de este año entró en vigor el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, y establece que se considerarán actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad, las que adecuen los edificios y los accesos a las viviendas y locales, a la normativa vigente. En particular: a)&nbsp;La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de&nbsp; accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad&nbsp; sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente. b)&nbsp;La instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares. c)&nbsp;La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores. d)&nbsp;La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos. La cuestión de “ajustes razonables” para “asegurarles un uso adecuado a sus necesidades” establece un nuevo planteamiento en la intervención de los técnicos de la edificación encargados del estudio o proyecto y en intentar poner de acuerdo a las partes implicadas: solicitante (propietario/os) y Comunidad de Propietarios, y así evitar la vía judicial. &nbsp; &nbsp; Dos soluciones al mismo obstáculo. El ajuste razonable se produce en la foto de la derecha porque permite autonomía personal en el uso de la puerta y reduce el riego de vuelco con la silla de ruedas. Además para los viandantes es detectable reduciendo el riesgo de tropiezo. &nbsp; El estudio de cada caso es particular dada la conciliación de las necesidades funcionales personales y las características del espacio físico. El ajuste razonable no debe suponer una carga desproporcionada, estableciéndose para su calificación que sea menor a 12 mensualidades. El factor económico también puede ser importante pero existen diversas vías para afrontarlo como derramas en el tiempo, ayudas públicas y financiación especial. Respecto a quién debe asumir el coste de las obras o ajustes razonables, la ley establece que el importe repercutido anualmente de las mismas que puede asumir la Comunidad no será superior, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, a 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. El resto del coste será asumido por quien las haya requerido (propietario o Comunidad por acuerdo de la Junta de Propietarios). &nbsp; &nbsp;&nbsp; &nbsp; Ejemplo de buena intervención. &nbsp; Una vez realizadas las obras de accesibilidad es muy importante el mantenimiento de las mismas para que no se reduzca su funcionalidad y seguridad, por ejemplo que el pavimento se vuelva resbaladizo, los pasamanos no estén bien fijados, pérdida de iluminación, etc. &nbsp; Juan B. Cerezuela Martínez Colegiado COAATIEMU Arquitecto Técnico