Infórmate sobre las Ayudas a la Rehabilitación disponibles para edificios y viviendas

El MITMA presenta en su página web toda la información sobre las Ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios, disponibles actualmente, mediante una serie de videos muy concretos y clarificadores. 

En la misma, además se puede acceder a un simulador para conocer las posibles actuaciones, y su costo aproximado sobre el propio edificio, de manera muy sencilla.

También se pueden consultar las oficinas de rehabilitación de cada comunidad autónoma y las convocatorias de cada programa de ayudas. 

Y si la actuación requiere contratar a un técnico, le recordamos que en nuestra web disponemos de un apartado Técnicos, donde puede consultar sus dudas y pedir presupuesto a nuestros colegiados Arquitectos técnicos contactando de manera directa. 

¡No deje pasar esta oportunidad de mejorar su hogar!

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Infórmate sobre las Ayudas a la Rehabilitación disponibles para edificios y viviendas

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¿Qué es la cota cero?
  • 2 nov. 2018

  • activatie

¿Qué es la cota cero?

Consejo Mantenimiento Hablando de edificios, la cota cero es el nivel al que está la acera. Por tanto, cuando hablamos de reformar un zaguán a cota cero, nos referimos a igualar el nivel de su suelo al de la calle, de forma que no existan escalones. No es estricto, pues pueden quedar rampas, pero sí que se intenta la eliminación de barreras arquitectónicas, de forma que el zaguán y el ascensor queden al nivel más cercano posible a esa cota cero. Esa intervención suele formar parte de los ajustes previstos en la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que establece que todos los edificios deben efectuar los ajustes razonables necesarios para cumplir las condiciones básicas de accesibilidad. Cómodo y seguro para todos Un edificio accesible es cómodo y seguro para todos, para las personas con alguna discapacidad y para las que no la tengan, pues todos disfrutamos de poder portar con comodidad un carro de la compra, o de bebé, o una maleta trolley o hasta una mochila escolar; de poder abrir la puerta del edificio sin esfuerzo y acceder sin tener que descargar lo que tenemos en las manos. O de poder disfrutar de él cuando seamos mayores o tengamos algún problema eventual de movilidad. Mejor con un arquitecto técnico Pero para que estos ajustes sean de verdad eficaces, para optimizar el dinero invertido y que la inversión no resulte un gasto más, es necesario contratar a un arquitecto técnico que estudie el espacio y determine la mejor intervención en él, aquella que, con el presupuesto existente, pueda conllevar el mejor resultado. Puedes solicitar los servicios de un arquitecto técnico en tu localidad en este enlace.

¿Son accesibles las zonas comunes de mi edificio?
  • 12 mar. 2015

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¿Son accesibles las zonas comunes de mi edificio?

Consejo Rehabilitación Las reformas para mejorar la accesibilidad llevadas a cabo en los portales de entrada, zaguanes y demás zonas comunes de edificios existentes han supuesto, en gran parte de ellas, soluciones insatisfactorias y poco funcionales por haber sido resueltas de una manera confusa, por múltiples y variadas causas: falta de conocimiento de las necesidades reales de las personas con discapacidad, por querer solucionar la situación con los menos recursos económicos posibles, no requerir asesoramiento técnico, etc. y han requerido de posteriores intervenciones. Se muestran ejemplos de estas soluciones insatisfactorias:   Esta rampa tiene una pendiente elevada en exceso que, además de hacerla inutilizable, la convierte en peligrosa; a ello contribuye la presencia de las puertas a ras en cada uno de sus extremos y especialmente el sentido de apertura de las hojas de la puerta inferior.   La excesiva pendiente se agrava con la falta de seguridad por pavimento deslizante y ausencia de una barandilla de protección.   Los escasos recursos económicos han sido empleados en rampa impracticable y peligrosa.   En estos casos también es llamativa la falta de protección en la rampa y su pendiente a la vista del espacio disponible.   Las Comunidades de Propietarios están obligadas a la mejora de la accesibilidad. En los edificios existentes con cierta antigüedad requieren de obras para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal de modo que se permita el uso adecuado y fácil para todos sus usuarios y especialmente para las personas con discapacidad. La decisión de acometer estas obras no requiere del acuerdo previo de la Junta de Propietarios, siempre que no afecten a la estructura o fábrica del edificio, que no menoscaben la resistencia de los materiales empleados en la construcción y que sean razonablemente compatibles con las características arquitectónicas e históricas del edificio. El procedimiento de tramitación de solicitud por parte de los propietarios está regulado por la Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad, y establece en el mismo que es preceptivo el proyecto técnico junto al escrito de solicitud de la necesidad de obras de adecuación de la finca urbana y de los accesos a la misma desde la vía pública. A la vista del mismo la Comunidad de Propietarios deberá responder antes de 60 días sobre su consentimiento, proponer alternativas o sobre su oposición de forma razonada. El cambio legislativo en materia de accesibilidad de estos diez últimos años ha sido importante, supone un gran avance en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad. Estos derechos se transforman en necesidades a las cuales tienen que responder las propuestas de actuaciones en materia de accesibilidad en las zonas comunes de los edificios. Este cambio normativo incluye la reciente Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que en su Disposición Final Primera recoge las modificaciones de la Ley 19/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, y entre ellas cabe destacar las referidas a las para las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal, y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior. En este mismo sentido, el 11 de abril de este año entró en vigor el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, y establece que se considerarán actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad, las que adecuen los edificios y los accesos a las viviendas y locales, a la normativa vigente. En particular: a) La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de  accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad  sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente. b) La instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares. c) La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores. d) La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos. La cuestión de “ajustes razonables” para “asegurarles un uso adecuado a sus necesidades” establece un nuevo planteamiento en la intervención de los técnicos de la edificación encargados del estudio o proyecto y en intentar poner de acuerdo a las partes implicadas: solicitante (propietario/os) y Comunidad de Propietarios, y así evitar la vía judicial.     Dos soluciones al mismo obstáculo. El ajuste razonable se produce en la foto de la derecha porque permite autonomía personal en el uso de la puerta y reduce el riego de vuelco con la silla de ruedas. Además para los viandantes es detectable reduciendo el riesgo de tropiezo.   El estudio de cada caso es particular dada la conciliación de las necesidades funcionales personales y las características del espacio físico. El ajuste razonable no debe suponer una carga desproporcionada, estableciéndose para su calificación que sea menor a 12 mensualidades. El factor económico también puede ser importante pero existen diversas vías para afrontarlo como derramas en el tiempo, ayudas públicas y financiación especial. Respecto a quién debe asumir el coste de las obras o ajustes razonables, la ley establece que el importe repercutido anualmente de las mismas que puede asumir la Comunidad no será superior, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, a 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. El resto del coste será asumido por quien las haya requerido (propietario o Comunidad por acuerdo de la Junta de Propietarios).        Ejemplo de buena intervención.   Una vez realizadas las obras de accesibilidad es muy importante el mantenimiento de las mismas para que no se reduzca su funcionalidad y seguridad, por ejemplo que el pavimento se vuelva resbaladizo, los pasamanos no estén bien fijados, pérdida de iluminación, etc.   Juan B. Cerezuela Martínez Colegiado COAATIEMU Arquitecto Técnico

Ahorrar en tu factura eléctrica
  • 28 ene. 2021

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Consejo Eficiencia Energética La electricidad es un recurso esencial en la vida diaria es imposible prescindir de ella, pero hay actuaciones que podemos hacer para disminuir el consumo, y con más motivo para hacerle frente a la reciente subida que se nos ha aplicado recientemente a los usuarios. Son acciones que no cuesta nada llevar a cabo, y sin embargo a largo plazo nos supondrán un gran ahorro. Solo debemos cambiar pequeños hábitos. En este articulo propondremos algunos consejos que podemos seguir para poder ahorrar en luz, sin tener que dejar de usar nuestros aparatos. Lo que más consume una vivienda en invierno es la calefacción, para ello, y para evitar consumir mucha energía podemos hacer lo siguiente: Evitar entradas de corriente aire frio, para mantener la temperatura estable y no obligar al aparato de calefacción a tener que usar más energía para calentar más. Aislamiento de ventanas y puertas. El aislamiento térmico evita la perdida de calor, por tanto, se mantiene la temperatura interior estable, incluso después de apagar la calefacción. Cambiar a aparatos de bajo consumo. Consumo eficiente: utilizar termostato para programar la temperatura, es decir, se activará cuando la temperatura descienda por debajo de los grados determinados, lo que supondrá evitar gastos excesivos. Mantener una temperatura estable no muy alta (21 grados) y vestirse bien o ponerse manta para no necesitar altas temperaturas, ya que, a mayor temperatura más energía se consume. Hechos como poner ropa húmeda o muebles cerca del calefactor dificulta la circulación de temperatura y hace que trabaje más para conseguir temperatura adecuada. No ventilar más de lo necesario, porque si abrimos las ventanas durante mucho tiempo, las temperaturas se igualan al las del exterior y necesitaremos más tiempo y energía para volver a tener una temperatura adecuada. El buen mantenimiento de la caldera también hace que el sistema sea eficiente. Otros consejos generales que nos parecen normales, pero que nos supodrán un ahorro del 10 %: Abrir las ventanas para aprovechar luz natural. Cambiar bombillas de luz convencionales por otras fluorescentes compactas o de LED Desenchufar todos los aparatos que no utilices. Cambiar los aparatos viejos con otros nuevos, porque los nuevos modelos están diseñados para ahorrar luz más que los anteriores. Además de este tipo de acciones más inmediatas, hay otras que aunque requieren una mayor inversión inicial a largo plazo nos pueden permitir un gran ahorro, como por ejemplo, aislar térmicamente la vivienda. El aislamiento de paredes y techos permite conservar la temperatura en una estancia, lo que hace que el sistema de calefacción usado funcione de manera continua y así consumir menos. Además, esta el uso de sistemas renovables que permiten un ahorro que puede llegar hasta el 75 % en algunos casos. En este portal puedes encontrar varios artículos relacionados con ahorro energético, aislamiento térmico y otros temas interesantes que te podrán guiar hacia las soluciones más adecuadas a tu vivienda. Y para cualquier duda puedes ponerte en contacto con un arquitecto técnico que como experto en construcción, te podrá asesorar en la mejor opción para tu vivienda.