RenUEva, Simulador de Ayudas a la rehabilitación

Esta herramienta permite calcular de forma aproximada el consumo energético de cada edificio, ofreciendo diferentes opciones de mejora para el ahorro energético, cumpliendo con los requisitos necesarios para la obtención de las ayudas Next Generation.

El MITMA ha incluido este simulador en su nueva web para el ciudadano, donde además se facilitan una serie de recursos informativos, como vídeos, preguntas frecuentes y un observatorio de las Oficinas de rehabilitación disponibles en cada Comunidad Autónoma.

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RenUEva, Simulador de Ayudas a la rehabilitación

RenUEva, Simulador de Ayudas a la rehabilitación

Otras publicaciones

Diferencias entre energía solar fotovoltaica y solar térmica
  • 30 abr. 2024

  • Colegio_Murcia

Diferencias entre energía solar fotovoltaica y solar térmica

Consejo Eficiencia Energética La energía solar es una energía limpia, renovable que se obtiene a través de la radiación del sol para producir electricidad o calor.  Tenemos dos tipos: Energía solar fotovoltaica, en la que gracias a un efecto físico, la radiación del sol  puede generar una corriente eléctrica. Es por lo tanto, una forma de convertir este recurso en electricidad. Energía solar térmica. Este sistema aprovecha la capacidad calorífica del sol. La radiación solar se convierte en energía térmica para calentar un fluido que se puede utilizar para calefacción y para obtener agua caliente sanitaria.  Las dos energías, parten del aprovechamiento de la energía solar, una fuente de energía renovable, sostenible y gratuita, siendo el último un factor determinante actualmente, con la subida del precio de la electricidad, y la reciente aplicación de las tarifas horarias. La diferencia fundamental entre ambas energías es la forma en la que se acumula la energía. En la primera la energía se acumula en baterías y en la segunda se acumula en depósitos de agua.    Teniendo esto en cuenta es fácil identificar para que se utiliza cada una: la Energía Solar Térmica la utilizaremos para calentar agua (calefacción, agua caliente en grifos) y la Energía Solar Fotovoltaica, para alimentar aparatos electicos. Los equipos de energía solar térmica tienen un sistema bastante sencillo: consiste en paneles solares que pueden ser planos o de tubos de vacío, que concentran el calor solar para calentar el fluido termoconductor que recorre el circuito hasta llegar al intercambiador, donde transmite la temperatura a otro circuito con el mismo tipo de fluido que se encarga de calentar el agua del depósito que abastece a la vivienda. Los equipos de energía solar fotovoltaica son mas complejos, ya que tienen que transformar la luz solar en electricidad. En cuanto a versatilidad, nos encontramos con que la energía solar fotovoltaica tiene un campo mas amplio de trabajo ya que a través de aparatos eléctricos podemos calentar agua, que es la finalidad principal de la solar térmica. Sin embargo, la energía solar térmica es más eficiente en cuanto a la captación del solar. Este sistema nos va a abastecer de agua caliente con la mínima captación de radiación. Por el contrario, la energía solar fotovoltaica, aunque no consigue ser tan eficiente captando energía si que la puede acumular en baterías. Estos son solo dos puntos fundamentales a tener en cuenta a la hora de elegir. En próximos artículos seguiremos profundizando en estos tipos de energía solar y en sus ventajas e inconvenientes. Ante cualquier duda, contacta con un arquitecto técnico, especialista en edificación, para saber que instalación es se adapta mejor a tu vivienda, y te informará si puedes optar a las ayudas de rehabilitación energética.

Nuevas ayudas para rehabilitación de edificios en el Plan de Vivienda
  • 8 mar. 2017

  • Colegio_Murcia

Nuevas ayudas para rehabilitación de edificios en el Plan de Vivienda

Subvención Rehabilitación Las ayudas que contempla el Plan de Vivienda para la rehabilitación de inmuebles permitirá que se puedan llevar a cabo actuaciones en materia de accesibilidad y reparaciones en cimentación, estructuras, cubiertas, azoteas y fachadas. Al mismo tiempo mejora de la sostenibilidad, con subvenciones para incrementar el aislamiento térmico del edificio y reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración, sustituyendo carpintería y acristalamiento, y la mejora de la eficiencia energética de las zonas comunes.   Estas ayudas también contemplan adaptar viviendas e inmuebles para que sean más accesibles, ya que sean actuaciones en accesos a viviendas y locales con la instalación de ascensores, salva escaleras, rampas u otros dispositivos. Para rehabilitación de inmuebles el Plan destinará más de 5 millones de euros de los que se beneficiarán comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, y propietarios únicos de edificios de viviendas, así como las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público en los edificios que estén destinados íntegramente al alquiler. Se prevé que la convocatoria se publique en el BORM en el mes de abril, y a partir de ahí los plazos son pequeños.  RESUMEN DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Serán beneficiarios los edificios: a) Finalizados antes de 1981. b) Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda. c) Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.  Para la solicitud de las ayudas es necesario disponer de Informe de Evaluación del Edificio (IEE), así como los acuerdos en la Comunidad de Propietarios que permitan acometer la rehabilitación. Tipología de edificios subvencionables: Mínimo 8 viviendas o menor de 8 viviendas solo si se realizan obras de conservación y además de calidad y/o accesibilidad o si habitan personas mayores de 65 años o discapacitados. Actuaciones subvencionables: a) Su conservación. b) La mejora de la calidad y sostenibilidad.(Eficiencia energética) c) Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad. Aclaraciones sobre estos conceptos El Colegio de Aparejadores de Murcia  pone a tu disposición en su web www.coaatiemu.es/ayudas toda la información sobre las ayudas y también el teléfono gratuito de atención de consultas sobre las ayudas. ¡Infórmate! 868 60 00 31 No dudes en contactar con nuestros técnicos para que te asesoren personalmente tanto en la gestión de las ayudas, como en las reformas que decidas acometer!  Solicita un aparejador Consulta a un técnico

Consultas más frecuentes sobre las Ayudas a la Rehabilitación de la Región de Murcia
  • 25 jun. 2015

  • Colegio_Murcia

Consultas más frecuentes sobre las Ayudas a la Rehabilitación de la Región de Murcia

Subvención Rehabilitación Con motivo de la campaña de información para solicitar las ayudas para rehabilitación de edificios, el presidente del Colegio de Aparejadores de la Región de Murcia, Antonio Mármol, charló con los lectores de La Opinión para resolver todas las dudas sobre este tema.   1. Que hacer para solicitar subvención que permita la instalación de una plataforma eléctrica que salve 9 escalones hasta llevar al ascensor, que porcentaje del importe de la instalación se subvencionaría y si realmente se atendería la petición. » Debe contactar con un Técnico, yo le recomiendo un Aparejador llamando al 968 274680, para que le elabore la documentación necesaria. La cuantía subvencionable es del 35% del presupuesto. Por supuesto que su solicitud será atendida en la Consejería de Fomento de la CARM 2. Buenos días, como leo en una pregunta ya realizada, ¿qué consejos nos da para que nuestra solicitud sea tenida en cuenta con bastante más probabilidades? ¿Debemos aportar algo en especial? » Deben aportar toda la documentación requerida. MI consejo es que si les falta alguna, hagan la solicitud con la que dispongan, ya la CARM les solicitará la que les falte. 3. Hola, mi consulta es con respecto a la eficiencia energética. ¿Se puede pedir la subvención para el cambio de ventanas de todo el edificio? Gracias » Si, siempre que se justifique que la intervención supondrá una mejora de su eficiencia energética de al menos un 30% 4. ¿Quién puede solicitar estas ayudas? » Todas las Comunidades de Vecinos cuyos edificios se construyeron antes de 1981. También en aquellos casos en los que haya deficiencias estructuradas constatadas en el Informe de Evaluación. 5. Buenos días, ¿Hasta cuándo se pueden solicitar ayudas? » Hasta el 13 de julio de este año. 6. Hola Antonio, la domótica para edificios (tanto dentro como fuera de la vivienda) para ayudar a personas con problemas de accesibilidad está contemplado en la subvención? » Siempre que la intervención suponga una mejora de la accesibilidad al edificio, se puede solicitar la ayuda. 7. Se puede pedir una ayuda para rehabilitación de la fachada, si ya está iniciada la obra en 2014, pero todavía no se ha terminado en 2015 » Si, debe contactar con el ti 868600031 de información gratuita del Colegio de Aparejadores para que le indiquen los pasos a seguir en este caso. 8. ¿Cómo me puedo asesorar la documentación que hace falta para pedir las ayudas? ¿Hay algún enlace que pueda consultar? » En la Web: Tu Edificio en Forma .es o en la del Colegio de Aparejadores: Coaatmu.es 9. ¿Qué requisitos hay que cumplir para poder pedir las ayudas? » Edificios anteriores a 1981 Edificios con daños estructurales graves, aunque su construcción sea posterior Edificios de más de 8 viviendas o que en ellos residan personas de más de 65 años o discapacitados Edificios de primera residencia 10. Buenas tardes Antonio, ¿Cuál es el importe de las ayudas? » Del 35 % del presupuesto que puede llegar hasta el 50% según las intervenciones. Debe llamar al teléfono de información gratuita del Colegio de Aparejadores para más información 11. Buenos días. ¿Es posible solicitar la ayuda para reubicar o reorganizar los compresores de aire acondicionado situados en la cubierta de un edificio, con el argumento de mejora en la eficiencia energética de estos aparatos? » Se puede solicitar ayuda para de mejora de las instalaciones. La mejora de eficiencia energética debe suponer un incremento de mejora del 30% sobre el punto de partida que figure en el Informe de Evaluación 12. Se puede solicitar una ayuda para reparar el tejado de una vivienda en Moratalla, dicha vivienda tiene 108 años y está en el casco antiguo de la localidad. La reparación sería sustitución de tejas rotas o mal colocadas o en su defecto poner una nueva cubierta de tejas sin tocar la vivienda. » Las cubiertas de los Edificios solo son subvencionables cuando estos está catalogados como BIC. Por lo tanto en este caso que plantea, no. 13. ¿Qué técnicos son los que mejor pueden hacer el Informe de Evaluación para pedir las ayudas? ¿Vale cualquiera? Gracias. » No vale cualquiera. Solo los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos (Aparejadores) 14. Buenos días. Mi pregunta es la siguiente. En varias comunidades de vecinos donde soy propietario, cada vez que hay un problema, suele venir un Arquitecto Técnico de la mano del Administrador de Fincas. Dichos técnicos nunca cobran por sus servicios, los técnicos, han gastado; en gasolina, pruebas, tiempo y por si fuera poco van a dar una explicación a las reuniones de vecinos con un informe que han realizado. Y ahora he visto que han puesto un teléfono gratuito para informar de subvenciones, cuando ese trabajo le corresponde a la administración. Y como no entiendo un trabajo sin remuneración y usted nada más que quiere hablar de subvenciones le pregunto, ¿Si los técnicos en los informes que traen buscan realizar obras para cobrar de las subvenciones? Gracias. » El técnico es quien debe cobrar por su trabajo a la Comunidad de vecinos. Hay que tener en cuenta que las facturas de los proyectos o memorias necesarias para solicitar la subvención, también se pueden incluir en el presupuesto, por lo que la Comunidad de Propietarios recuperará parte de ese importe. 15. Hola Antonio, me comentaron que ahora por ley que adaptar el edifico a nuevos convenios de eficiencia energética, el nuestro tiene ya muchos años y carece de bastantes medidas. ¿Sería obligatorio hacerlo? Si es así a ver si pudiéramos pedir las subvenciones y nos las dan, jejeje » La ley 8/2013 recoge los objetivos de la Directiva Europea para cumplir con el objetivo 20/20/20: año 2020 para reducir la factura energética un 20% y reducir las emisiones de CO2 un 20%. Podéis pedir la subvención siempre que se justifique que con las obras de mejora, la eficiencia energética del edificio se mejora en un 30% 16. Hola Antonio, ¿Para las cajas en bajo también se pueden pedir ayudas? ¿O es solo para edificios de determinados niveles? Vivimos en La Flota y nos gustaría rehabilitar nuestra vivienda ya que es de las primeras de la zona. » Las subvenciones no se pueden pedir para viviendas de forma aislada, siempre se ha de pedir para toda la Comunidad de Propietarios. 17. Hola Antonio. Mi edificio lleva aprobada una subvención desde el año 2009 y aquí nadie ha pagado nada, cómo sacan más subvenciones si no han pagado las anteriores. ¿A dónde se reclaman? Han pasado ya casi 6 años sin recibir ningún dinero y cuando llamamos a la comunidad nos indican que en breve. Hay vecinos que han fallecido pagando impuestos sin ver las subvenciones. Un saludo. » Debe ponerse en contacto con la Consejería que convocó las ayudas para que le expliquen qué problema hay. 18. ¿Para viviendas de VPO también se puede solicitar estas ayudas? Gracias. » Las ayudas están destinadas a todas las comunidades de vecinos cuyos edificios se construyeron antes de 1980 19. Buenos días, he visto que las ayudas son para "Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios únicos de edificios residenciales". Nosotros somos una asociación cultural y tenemos la sede en un bajo que es propiedad nuestra. ¿Entramos en el cupo? » Al no ser propietario único del edificio, no puede solicitar la subvención de forma particular 20. Buenos días D. Antonio. Quiero cambiar las ventanas de mi vivienda unifamiliar donde resido. Es subvencionable? » No son subvencionables las intervenciones en viviendas unifamiliares 21. Hola buenos días, he leído que ponéis Arquitectos a disposición de quién lo solicite para hacer el informe de evaluación. ¿Lleva algún coste extra eso? ¿Nos cobraría como uno normal si lo buscáramos aparte? » El Colegio de Aparejadores pone a disposición de los ciudadanos un Aparejador de Cabecera en el Tl 868600031 para información GRATUITA. La elaboración por parte de un Aparejador o Arquitecto Técnico, no lleva ningún sobre coste por utilizar este servicio.   Contacta con tu aparejador de Cabecera, para ampliar la información llama al  868 60 00 31, te asesorarán gratis o a través del servicio Consulta a un técnico. Es un servicio gratuito a los ciudadanos del Colegio Oficial de Aparejadores de la Región de Murcia.