3 nov. 2016 Colegio_Murcia ¿Qué sistemas de energía solar fotovoltaica existen? Consejo Eficiencia Energética Una de las mayores ventajas que tiene la energía solar es que se puede instalar los equipos necesarios para su captación y distribución en nuestra vivienda, consiguiendo así un gran ahorro energético y económico. TIPOS DE SISTEMAS DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA En viviendas existen dos tipos de instalación fotovoltaica para ahorrar en la factura de la luz, o bien equipos aislados, asistidos con la red eléctrica o sistemas interconectados: -AISLADOS: este sistema es completamente independiente sin conexión a la red eléctrica, se compone de captación de energía solar mediante paneles fotovoltaicos y almacenamiento de la energía eléctrica generada en baterías. Este sistema es muy común en zonas rurales o alejadas de la ciudad, donde no llega la red eléctrica. -ASISTIDOS: se trata de un sistema de placas fotovoltaicas que cuando no se genera electricidad en días nublados o por la noche se coge la electricidad de la red distribuidora. En este caso si el sistema genera más energía de la que se consume, se pierde esta energía. Esta instalación está sujeta a un “peaje de respaldo” -INTERCONECTADOS: este sistema consiste en generar electricidad a través de los paneles fotovoltaicos e inyectarla directamente a la red de distribución eléctrica. Dispone de doble contador para medir cuanto se produce y cuanto se recibe. De esta forma si se consume más energía que la generada, se obtiene la electricidad de la red eléctrica. TIPOS DE CALENTADORES SOLARES -Solar Plano -Solar de Tubo de Vacío -Solares de Concentración -Solares Caseros Si tiene alguna duda sobre qué tipo de sistema de energía solar fotovoltaica colocar en su vivienda o sobre energías renovables, contacte con su aparejador de cabecera quien le podrá asesorar.
20 ago. 2015 Colegio_Albacete Pasar la ITE, qué es y la importancia de un profesional cualificado Consejo Mantenimiento Desafortunadamente nos llegan últimamente noticias de desplomes de edificios de cierta antigüedad en los que esta situación podría haber sido evitada. Como ya hemos hablado en otras publicaciones, el aparejador de cabecera es la persona idónea para realizar el correcto mantenimiento del edificio para evitar males mayores de este tipo. Además del mantenimiento, existe la obligatoriedad de realizar la ITE o Inspección Técnica del Edificio en inmuebles de más de 50 años de antigüedad, y las subsiguientes inspecciones se realizarán cada 5 años, obteniendo un resultado favorable o desfavorable. El plazo podrá ser más restrictivo dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se sitúe la edificación, en este caso hablamos de de la provincia de Albacete. También marcará su obligatoriedad el marco normativo de cada municipio. Este documento consiste en recopilar datos sobre el buen estado y debida conservación del edificio, realizando una inspección visual por todos los elementos constructivos del edificio. Se evalúa la adecuación de los inmuebles a las condiciones legales que se exigen de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato; y también determina las obras y trabajos de conservación que se requieren para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigible y tiempo señalado al efecto. La información que se recoge en el informe sobre la envolvente y la accesibilidad del edificio no tiene efectos sobre el resultado favorable o desfavorable de la inspección. Si el resultado de esta inspección resulta favorable, se registrará el informe en la Gerencia Municipal de Urbanismo que corresponda, y se realizará una nueva inspección según la periodicidad establecida, en el caso de Albacete cada 5 años. En el caso de resultar desfavorable, desde la presentación del informe en el registro, se procederá a la subsanación de las deficiencias que se hayan apreciado, y una vez concluidas las obras, se acreditará mediante un certificado técnico de subsanación de deficiencias. Estos informes tienen que ser elaborados por un arquitecto técnico colegiado. Es importantísima la elección del técnico puesto que debe ser un profesional cualificado y la figura del Arquitecto Técnico siempre ha estado vinculada a la edificación y, por lo tanto, más la conoce en profundidad. Por eso recomendamos no fiarse de falsos ‘chollos’ y contactar con el Colegio Profesional más cercano. Desde el Colegio de Aparejadores se asesora a cualquier particular que solicite información, además de asignarle un técnico profesional para realizar el encargo en caso de solicitarlo. En el apartado Consulta a un técnico se pueden hacer llegar todas las consultas particulares que surjan e incluso solicitar un aparejador. Mónica Liñán Mínguez Arquitecta Técnica Colegio Oficial de Aparejadores de Albacete 967 21 63 07 @coaatiealbacete
29 jul. 2015 Colegio_Alicante El Arquitecto Técnico es el profesional idóneo para encargarse del mantenimiento del edificio como “Técnico de cabecera” Noticia Mantenimiento Es el profesional que por encargo de la comunidad de propietarios se ocupa de la conservación y el mantenimiento de la edificación y de la calidad de la construcción, alargando la vida útil y asegurando la calidad de vida de sus ocupantes. El Arquitecto Técnico es profesional idóneo para asumir el rol del comúnmente denominado “técnico de mantenimiento” o “Técnico de cabecera” del edificio, esto es, el profesional que, por encargo de la comunidad de propietarios, se ocupa de la conservación y el mantenimiento de la edificación y de la calidad de la construcción, alarga la vida del edificio y asegura la calidad de vida de sus ocupantes. Como profundo conocedor del edificio, es el técnico idóneo para guiar las operaciones que hay que hacer en cada momento para asegurar el correcto mantenimiento y adecuar el edificio a la legislación vigente. COMPETENCIAS Las competencias que los estudiantes del título académico que habilita para ejercer la profesión de Arquitecto Técnico deben adquirir, según el apartado 3 de la Orden Ministerial 3855/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico, lo que sin duda aclara su idoneidad: 1. Dirigir la ejecución material de las obras de edificación, de sus instalaciones y elementos, llevando a cabo el control cualitativo y cuantitativo de lo construido mediante el establecimiento y gestión de los planes de control de materiales, sistemas y ejecución de obra, elaborando los correspondientes registros para su incorporación al Libro del Edificio. Llevar el control económico de la obra elaborando las certificaciones y la liquidación de la obra ejecutada. 2. Redactar estudios y planes de seguridad y salud laboral y coordinar la actividad de las empresas en materia de seguridad y salud laboral en obras de construcción, tanto en fase de proyecto como de ejecución. 3. Llevar a cabo actividades técnicas de cálculo, mediciones, valoraciones, tasaciones y estudios de viabilidad económica; realizar peritaciones, inspecciones, análisis de patología y otros análogos y redactar los informes, dictámenes y documentos técnicos correspondientes; efectuar levantamientos de planos en solares y edificios. 4. Elaborar los proyectos técnicos y desempeñar la dirección de obras de edificación en el ámbito de su habilitación legal. 5. Gestionar las nuevas tecnologías edificatorias y participar en los procesos de gestión de la calidad en la edificación; realizar análisis, evaluaciones y certificaciones de eficiencia energética así como estudios de sostenibilidad en los edificios. 6. Dirigir y gestionar el uso, conservación y mantenimiento de los edificios, redactando los documentos técnicos necesarios. Elaborar estudios del ciclo de vida útil de los materiales, sistemas constructivos y edificios. Gestionar el tratamiento de los residuos de demolición y de la construcción. 7. Asesorar técnicamente en los procesos de fabricación de materiales y elementos utilizados en la construcción de edificios. 8. Gestionar el proceso inmobiliario en su conjunto. Ostentar la representación técnica de las empresas constructoras en las obras de edificación. Cabe citar, además, algunas de las competencias que se desarrollan en el anexo de la citada norma, a la que nos remitimos para el conocimiento de las restantes: · Capacidad para adecuar los materiales de construcción a la tipología y uso del edificio, gestionar y dirigir la recepción y el control de calidad de los materiales, su puesta en obra, el control de ejecución de las unidades de obra y la realización de ensayos y pruebas finales. · Aptitud para aplicar la normativa específica sobre instalaciones al proceso de la edificación. · Capacidad para dictaminar sobre las causas y manifestaciones de las lesiones en los edificios, proponer soluciones para evitar o subsanar las patologías, y analizar el ciclo de vida útil de los elementos y sistemas constructivos. · Aptitud para intervenir en la rehabilitación de edificios y en la restauración y conservación del patrimonio construido. · Aptitud para el predimensionado, diseño, cálculo y comprobación de estructuras y para dirigir su ejecución material. · Capacidad para desarrollar constructivamente las instalaciones del edificio, controlar y planificar su ejecución y verificar las pruebas de servicio y de recepción, así como su mantenimiento. · Etcétera Por tanto de la mera lectura de la descripción de los conocimientos que la norma determina que debe adquirir el Arquitecto Técnico al estudiar la carrera basta y sobra para comprender por qué decimos que estamos ante un técnico idóneo para encargarse de la gestión del mantenimiento de los edificios. Además, constatamos que todos los módulos que el futuro Arquitecto Técnico estudia en la carrera, absolutamente todos, giran en torno a la edificación/construcción.