Ayudas a la rehabilitación: Libro del Edificio existente

El Libro del Edificio Existente para la Rehabilitación (LEEx) es el compendio de documentos en el que se recoge la información que permite conocer las características físicas y técnicas del edificio y también su régimen jurídico.

Su finalidad es que los propietarios y usuarios conozcan el edificio que usan y tengan la documentación e información suficiente y necesaria para llevar a cabo un uso y mantenimiento adecuados, así como tomar conciencia sobre el margen de mejora posible sobre las prestaciones existentes en su edificio: mejora de la accesibilidad, confort, seguridad de utilización y eficiencia energética.

¿Qué edificios pueden acceder al Programa de Ayudas para su elaboración?

El RD 856/2021 establece los requisitos que indicamos a continuación, pero cada Comunidad autónoma regulará de manera específica:

Las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva. Deben cumplir simultáneamente con los siguientes requisitos:

a) Estar finalizados antes del año 2000.

b) Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

Los dos requisitos antes citados se podrán acreditar mediante escritura, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.

Cuantía de las ayudas

Las cuantías que indicamos a continuación son las que establece el RD 856/2021, pero cada Comunidad autónoma regulará en sus correspondientes convocatorias el importe que se otorgará en cada caso.

La cuantía máxima de la subvención para la elaboración de Libros del edificio existente para la rehabilitación será la obtenida de la siguiente forma:

a) En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.

b) En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros, más una cantidad de 40 euros por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 3.500 euros.

Si no se dispone de la Inspección Técnica del Edificio, del Informe de Evaluación del Edificio o documento análogo, la ayuda podrá incrementarse hasta en un 50 %.

La cuantía de la ayuda no podrá superar en ningún caso el coste total, excluidos los impuestos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

La siguiente tabla resume el importe máximo de las ayudas por tramos.

Si necesita más información sobre el Libro del Edificio existente o de cómo gestionar la solicitud de las ayudas, contacte con un colegiado de su provincia. Los Arquitectos técnicos somos especialistas en edificación.

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