Ayudas a la rehabilitación: Libro del Edificio existente

El Libro del Edificio Existente para la Rehabilitación (LEEx) es el compendio de documentos en el que se recoge la información que permite conocer las características físicas y técnicas del edificio y también su régimen jurídico.

Su finalidad es que los propietarios y usuarios conozcan el edificio que usan y tengan la documentación e información suficiente y necesaria para llevar a cabo un uso y mantenimiento adecuados, así como tomar conciencia sobre el margen de mejora posible sobre las prestaciones existentes en su edificio: mejora de la accesibilidad, confort, seguridad de utilización y eficiencia energética.

¿Qué edificios pueden acceder al Programa de Ayudas para su elaboración?

El RD 856/2021 establece los requisitos que indicamos a continuación, pero cada Comunidad autónoma regulará de manera específica:

Las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva. Deben cumplir simultáneamente con los siguientes requisitos:

a) Estar finalizados antes del año 2000.

b) Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

Los dos requisitos antes citados se podrán acreditar mediante escritura, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.

Cuantía de las ayudas

Las cuantías que indicamos a continuación son las que establece el RD 856/2021, pero cada Comunidad autónoma regulará en sus correspondientes convocatorias el importe que se otorgará en cada caso.

La cuantía máxima de la subvención para la elaboración de Libros del edificio existente para la rehabilitación será la obtenida de la siguiente forma:

a) En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.

b) En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros, más una cantidad de 40 euros por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 3.500 euros.

Si no se dispone de la Inspección Técnica del Edificio, del Informe de Evaluación del Edificio o documento análogo, la ayuda podrá incrementarse hasta en un 50 %.

La cuantía de la ayuda no podrá superar en ningún caso el coste total, excluidos los impuestos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

La siguiente tabla resume el importe máximo de las ayudas por tramos.

Si necesita más información sobre el Libro del Edificio existente o de cómo gestionar la solicitud de las ayudas, contacte con un colegiado de su provincia. Los Arquitectos técnicos somos especialistas en edificación.

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Ayudas a la rehabilitación: Libro del Edificio existente

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¿Por qué instalar una cubierta verde en rehabilitación?
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¿Por qué instalar una cubierta verde en rehabilitación?

Consejo Rehabilitación La vida en la ciudad se ha vuelto insana. Esto se debe a que la gran mayoría de los espacios están destinados a edificios y carreteras dejando a la vegetación un espacio mínimo, favoreciendo al sobrecalentamiento de la atmósfera en estas zonas. Se puede ayudar a solucionar este problema reduciendo el consumo de energía y las emisiones de CO₂ con la instalación de cubiertas verdes, no solo en obra nueva sino también en rehabilitación. Además de mejorar el clima y la calidad del aire, también se optimiza el aislamiento térmico y acústico, incluso a largo plazo se obtiene un ahorro económico en comparación con una cubierta convencional. Aumentando así la eficiencia energética de tu edificio. Una cubierta verde es una superficie que está preparada para la disposición de vegetación ya sea como terraza, zona de recreo, etc. Que tiene funciones ecológicas de gran interés. Se compone principalmente de:          -Lámina impermeabilizante: protege la estructura de filtraciones de agua. -Lámina anti-raíz: su función es evitar que las raíces dañen la impermeabilización o incluso la estructura. Algunos fabricantes integran esta lámina con la impermeabilización, pero hay que tener en cuenta que no se puede sustituir una por otra, son elementos diferentes. -Capa protectora: protege la lámina anti-raíz y retiene agua y nutrientes para la vegetación. -Elemento de drenaje: almacenan agua de la lluvia y conducen el agua sobrante a los sumideros de la cubierta, además de oxigenar la tierra vegetal. -Lámina de filtro: evita que los granos más finos se corroan y asegura el funcionamiento seguro del drenaje. -Sustrato mineral y vegetal: varía en función del tipo de las necesidades particulares.   Dentro de la categoría de cubierta verde se puede distinguir distintos tipos en función de varios factores que los caracterizan:   CUBIERTA EXTENSIVA CUBIERTA SEMI-INTENSIVA CUBIERTA INTENSIVA ESPESOR 10-25 cm 15-30 cm >60 cm VEGETACIÓN Sedum tapizante, herbáceas, césped, plantas autóctonas Herbáceas, césped, arbustos Césped, arbustos, árboles COSTE bajo medio alto PESO 60-180 kg/m² 150-350 kg/m² >350 kg/m² MANTENIMIENTO reducido moderado intensivo USO Protección ecológica Protección ecológica. Uso recreativo Uso recreativo. Paisajismo   Las cubiertas ecológicas disponen de un conjunto de propiedades que suponen grandes ventajas para el ahorro energético del edificio: -La instalación de estas cubiertas contrarresta la pérdida de zonas verdes debido a la urbanización, ofreciendo nuevos espacios de vegetación ayudando así a reducir la contaminación a través del proceso de transpiración y humidificación del aire seco. -Proporcionan protección para la impermeabilización, ya que la capa de vegetación amortigua la agresión de temperatura y protege de acciones físicas como viento, granizo… -Retención de hasta un 90% de aguas pluviales, parte de estas aguas es devuelta a la atmósfera por lo que se reduce el coste en desagües y se humedece el ambiente urbano. Además de prevenir las inundaciones locales y evitar el colapso de las alcantarillas. De esta forma también se podría ahorrar en el dimensionado y construcción del alcantarillado y en su mantenimiento. -Funcionan como barrera acústica ya que reducen la reflexión sonora y aumenta el aislamiento, siendo una gran solución estas cubiertas en edificios rodeados de focos ruidosos. -Otra característica importante es el aislamiento térmico que proporcionan, evitan el calentamiento excesivo en verano y las pérdidas de calor en invierno, disminuyendo así el consumo de energía en calefacción y refrigeración. La combinación de cubierta ecológica e instalación de energía solar favorece al rendimiento de las células solares. Se ha comprobado que estas cubiertas disminuyen la temperatura ambiental, bajando así la temperatura de los paneles y del material de los colectores, obteniendo como resultado un aumento del rendimiento. A la hora de elegir un tipo de cubierta verde para la rehabilitación de tu edificio es necesario tener en cuenta la carga que supone la aplicación de la nueva cubierta a la estructura. El peso de una cubierta convencional de grava oscila entre 90-100 kg/m² y la cubierta ecológica o extensiva tiene un peso entre 60-180 kg/m² aproximadamente. Por lo que una gran opción para rehabilitar una cubierta es sustituir la convencional por una ecológica sin que sufra la estructura del edificio. Mientras que una cubierta intensiva con un peso superior a 350 kg/m² necesita estar prevista en el proyecto, para diseñar una estructura que la soporte. Después de analizar las ventajas que nos ofrecen las cubiertas ecológicas se puede decir que se trata de un sistema idóneo para ahorrar energía, incrementando su eficiencia energética con una mejora del aislamiento térmico y todo ello aprovechando los recursos que nos da la naturaleza. Si tiene alguna duda sobre la instalación de estas cubiertas o cuál es la mejor opción para su rehabilitación contacte con su aparejador de cabecera para recibir asesoramiento. 

¿Por qué es interesante la aerotermia?
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¿Por qué es interesante la aerotermia?

Consejo Eficiencia Energética Cada día se está dando un paso más hacia el uso de energías renovables: energías que se obtienen de fuentes naturales inagotables (aire, agua, radiación solar) para transformarlos en electricidad o calor, para su uso en las instalaciones eléctricas y de climatización tan habituales en nuestra vida cotidiana. Concretamente, la aerotermia es un sistema que consiste en extraer energía del aire exterior en forma de calor y utilizarla para obtener calefacción en invierno, refrigeración en verano y agua caliente todo el año en nuestra vivienda. Consta de dos aparatos, uno en el exterior que se encarga de captar la energía y otro interior que se encarga de transformar dicha energía y repartirla hacia el punto de salida: radiadores, conductos o depósito de agua caliente. ¿Por qué es interesante la aerotermia? Como hemos dicho anteriormente es un sistema que utiliza energía renovable, es decir, que se obtiene de fuentes naturales, en este caso, del calor existente en el aire ambiente, con lo que estamos aprovechando algo que tenemos siempre. Esto supone varias ventajas, entre ellas, la disminución del consumo eléctrico, puesto que más del 70% de la energía utilizada para el funcionamiento de un aparato es aire libre y gratis, lo que se traduce en un menor gasto económico. Por otra parte, al no utilizar combustible, no se emiten gases ni humos, lo que supone una menor contaminación del medio ambiente y además no es necesario contar con chimeneas u otros conductos de salida. Es un sistema cuya instalación es fácil y no necesita mucho mantenimiento, además, permite la combinación de varios aparatos a la vez: suelo radiante, caldera, radiadores, aire acondicionado,… todo en uno. Sin embrago, como cualquier otro sistema siempre hay algunas desventajas, como son el coste inicial, que es mayor en comparación con otros sistemas tradicionales, pero que se amortiza en el tiempo gracias a su bajo consumo eléctrico. Otra desventaja es que necesita un amplio espacio para su instalación. ¿Dónde se pueden instalar? En viviendas unifamiliares, edificios que tienen espacio suficiente en para colocación de máquinas, o locales y oficinas de pequeña altura. Si te interesa el sistema aerotérmico y quieres instalarlo en tu vivienda, no dudes en contactar con un arquitecto técnico para que realice el estudio de tu vivienda y de donde se pueda colocar dicho sistema de la mejor manera.

OBRAS en edificio de comunidades de propietarios
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OBRAS en edificio de comunidades de propietarios

Consejo Mantenimiento   La ley de la propiedad horizontal sostiene que los propietarios están obligados a realizar las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad y seguridad, sin embargo, no siempre resulta fácil poner de acuerdo a una comunidad de propietarios, por lo que muchos de ellos a la hora de realizar cambios relativos a habitabilidad o eficiencia energética, recurren a hacerlo en el interior de su vivienda.     Sabemos que, a lo largo de la vida útil de nuestro edificio, resulta necesario realizar meras operaciones de sustitución de elementos, ya sean por estar averiados u obsoletos, y que a menudo están relacionadas con instalaciones. Existen otras actuaciones que requieren licencia de obra y, por tanto, poner de acuerdo a los propietarios de la necesidad de contar con un aparejador de cabecera quien asesore de la necesidad o idoneidad de la reparación. Cobra de igual importancia la presencia del libro de mantenimiento del edificio, en el cual debe constar las tareas realizadas. Si no es así, será mismo aparejador quien lo creará y diligenciará.    Comentaremos aquellas actuaciones que requieren de licencia de obras, ya sea de mayor o de menor, y a la normativa a la que están sujetas. Cabe destacar que no todas las legislaciones locales, que son las que directamente regulan la clasificación y documentación requerida para la realización de las obras son iguales. Por ello sólo vamos a dar una idea general, aconsejando a los propietarios y usuarios de viviendas y edificios, que consulten a técnicos cualificados, con conocimiento amplio de la legislación local, sobre las características urbanísticas de las obras a realizar y su correcta tramitación. - Son obras mayores: recalces de cimentación, refuerzos estructurales o rehabilitaciones integrales entre otras. Requieren de un proyecto técnico realizado por un arquitecto técnico o ingeniero de edificación, una dirección técnica, un estudio de seguridad, y una coordinación de seguridad. -  Las obras menores no necesitan de la presentación de proyecto ni dirección técnica, bastará un simple trámite ante la administración y el pago si fuera preciso de la tasa correspondiente. Son actuaciones como: repasos de pintura, reparaciones de bajantes o trabajos de mantenimiento entre otras. -  En algunos casos, y para determinadas obras de adecuación o reforma de escasa entidad, que, no precisando de proyecto técnico, se considera que tienen la suficiente complejidad  como para contar con una dirección técnica y la presentación de una documentación específica. Éstas son, sobre todo, las de reforma de escasa entidad de locales o viviendas. Se requiere memoria y una dirección técnica.  -  Ciertas obras de urgencia o emergencia también se pueden se pueden realizar sin necesidad de proyecto, pero en función del tipo, precisarán de supervisión de las por técnico cualificado.    En cuanto a la responsabilidad de la comunidad en la realización de las obras, nos podemos atener al Art 9 de la LOE que dice: “será considerado promotor cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título”, por lo que:    La Comunidad de propietarios se convierte en este caso en promotora de las obras y la representación recae en la figura del Presidente de la Comunidad. Además, se tendrá en cuenta que si para la ejecución de una obra, ésta se contrata con varios trabajadores autónomos o empresas, se considerará a la comunidad de propietarios como PROMOTOR Y CONTRATISTA PRINCIPAL, con las responsabilidades que de ello se derivan en materia de prevención de riesgos laborales.    Por ello, es sumamente importante la gestión preventiva de las obras de comunidades de propietarios con la consiguiente responsabilidad que supone para los mismos. Es conveniente que en todo momento obtengan la información adecuada al respecto por parte de los técnicos cualificados. Un técnico cualificado como un aparejador de cabecera, por sus conocimientos generales y específicos del edificio, puede con más rigor realizar el informe de evaluación del edificio (IEE), indicando con antelación a los propietarios cuando debe efectuarse. De igual manera podrá realizar estos trabajos de manera más diligente y también económica, puesto que necesita menos tiempo para analizar y revisar todas las partes, elementos e instalaciones del edificio, redundando esto en un menor coste para los propietarios.