Más de 8,6 millones de viviendas españolas deberían superar el Informe de Evaluación de los edificios en 2018

Mutua de Propietarios y el COAATIEMU analizan el estado del parque inmobiliario español e identifican las principales operaciones de mantenimiento que deben realizarse 

Las conclusiones del informe reflejan que los daños en las estructuras de madera; grietas; humedades; carcoma; instalaciones eléctricas obsoletas y aluminosis son algunos de los riesgos según la antigüedad.

Más de 8,6 millones de viviendas españolas deberían superar el Informe de Evaluación de los Edificios* (IEE) en 2018, una inspección de carácter obligatoria para los inmuebles con más de cincuenta años -en algunas CCAA y ayuntamientos es incluso a partir de 30 años- que examina, entre otros aspectos, su estado de conservación, su grado de eficiencia energética y sus condiciones de accesibilidad. 

Así lo recoge el Informe Tu Edificio en Forma, realizado por Mutua de Propietarios y el COAATIEMU (Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de la Región de Murcia), que analiza el estado de los 25,2 millones de viviendas existentes** que forman el parque inmobiliario español, para identificar las principales operaciones de mantenimiento que deben realizarse en un edificio, acorde a su antigüedad.  

De acuerdo con el Análisis, los edificios construidos entre 1900 y 1955, período caracterizado por desarrollo inmobiliario lento, “podrían sufrir daños en las estructuras de madera de cubierta por pudriciones debido a la filtración de humedad o por ataque de carcoma que también podría afectar a las vigas de madera de los forjados”, explica Antonio Mármol Ortuño, Presidente del COAATIEMU.

 Adjuntamos la nota de prensa completa y video informativo.

 

Comentarios

Pedro Sánchez Gálvez

Pedro Sánchez Gálvez

21 feb. 2019

El objetivo del IEE es asegurar que los edificios se mantiene en buen estado, por lo tanto, la elaboración del informe de evaluacion de los edifcios (IEE), garantiza,l "El mejor cumplimiento y efectivo control del deber de mantenimiento de los edifcios en condicciones de seguridad constructiva, éstos habrán de pasar en en la forma y plazos establecidos una evaluacion técnica que acredite su estado a tales efectos",

Accede como colegiado de activatie para poder comentar.

Más de 8,6 millones de viviendas españolas deberían superar el Informe de Evaluación de los edificios en 2018

Más de 8,6 millones de viviendas españolas deberían superar el Informe de Evaluación de los edificios en 2018

Otras publicaciones

Los Arquitectos Técnicos son competentes para prestar servicios profesionales en las corporaciones locales..
  • 22 oct. 2015

  • Colegio_Alicante

Los Arquitectos Técnicos son competentes para prestar servicios profesionales en las corporaciones locales..

Noticia Mantenimiento Los Arquitectos Técnicos son competentes para prestar servicios profesionales en las corporaciones locales. Así lo manifiesta la Comisión nacional de los Mercados y de la Competencia en lo referente a informar los proyectos con carácter previo a la concesión de la licencia de obras El Colegio de Arquitectos de Murcia, obligado a rectificar: los Arquitectos Técnicos son competentes para prestar sus servicios profesionales en las Corporaciones Locales Según la Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia de fecha 17 de septiembre de 2015, dictada en el Expediente SAMUR-001-15 incoado por denuncia del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Murcia contra el Colegio Oficial de Arquitectos de Murcia por conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia ante el envío por parte del mencionado Colegio de Arquitectos de una comunicación a todos los Ayuntamientos de la Región reservándose para sus colegiados la capacidad de informar los proyectos con carácter previo a la concesión de la licencia de obras y cuestionando la legalidad y competencia profesional de los informes emitidos, entre otros, por los arquitectos técnicos que prestan sus servicios en las Corporaciones Locales. Tras la tramitación del expediente, la Comisión acuerda la terminación convencional del Expediente sancionador, estimando adecuados los compromisos adquiridos por el Colegio de Arquitectos de Murcia, entre los que se encuentra el envío de un escrito a todos los Ayuntamientos de la Región rectificando los términos de su anterior escrito de fecha 18 de junio de 2013, manifestando que no se pretendió menoscabar las competencias de los Arquitectos Técnicos al servicio de la Administración, tener por no realizadas las afirmaciones que pudieran considerarse atentatorias contra la libre competencia, reconociendo que no existe reserva de actividad a favor de sus colegiados en esta materia. La Comisión ha aceptado finalmente la segunda propuesta de terminación convencional, pues la primera la rechazan por insuficiente e ineficaz para resolver el falseamiento de la competencia que había tenido la recomendación expresa y colectiva realizada por el COAMU. La Resolución, en su Fundamento Derecho 2º “infine”, estima que las actuaciones del Colegio de Arquitectos infringen el artículo 1.1. de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, por constituir una recomendación colectiva para generar una reserva de actividad injustificada y no amparada por la Ley a favor de los Arquitectos. Esta Resolución sigue el precedente del Acuerdo de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía de 14 de marzo de 2014 ante un caso análogo, al que hace referencia expresa en el Antecedente Noveno. Ha de destacarse que la Resolución constata que la CNMC ha comprobado que los Ayuntamientos que recibieron la circular “no han adoptado medida alguna como consecuencia del escrito, de modo que sus efectos no han ido más allá de provocar confusión sobre legitimidad de los arquitectos técnicos para realizar la función discutida y, por ello, sobre la validez de las licencias municipales concedidas”. Razón por la que el expediente no concluye con una sanción pecuniaria, sino con el compromiso del Colegio de Arquitectos de desdecirse ante los Ayuntamientos y de no repetir actuaciones similares.

Los aparejadores reclaman reducir a 25 años el límite para los edificios de la costa
  • 1 oct. 2015

  • Colegio_Murcia

Los aparejadores reclaman reducir a 25 años el límite para los edificios de la costa

Noticia Mantenimiento Los expertos advierten del deterioro que sufren estos inmuebles por la "agresividad" del cloruro del mar, que afecta a las estructuras. Entrevista al Presidente del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificiación de la Región de Murcia Publicada en la Opinión de Murcia 28.08.2015 Los edificios y viviendas construidos en la costa deberían realizar el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) a partir de los 25 años de vida, y no de los cincuenta como obliga el Decreto 34/2015, debido al deterioro que sufren sus estructuras por la «agresividad del cloruro del mar». Así lo defendió ayer Antonio Mármol, presidente del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de la Región de Murcia, tras participar en la presentación de una aplicación informática elaborada por la Comunidad Autónoma que facilita y agiliza la redacción de los informes. Mármol, a preguntas de esta Redacción, recomendó a los propietarios de los edificios costeros evaluar el estado de los mismos si veían fisuras longitudinales en alguna esquina de los pilares. «En este caso deben urgentemente acudir a un arquitecto o aparejador para evitar daños mayores en la estructura y ver las posibles soluciones», dijo. A los dueños les va en ello, por un lado, la seguridad pues evitarían el colapso de la estructura. También el bolsillo, porque el arreglo de una fisura o grieta incipiente tiene un precio, pero pasado un año el coste se puede multiplicar por cinco y transcurridos 5 años, por veinticinco, argumentó Mármol. El presidente de los aparejadores recomentó a los propietarios de viviendas y a las comunidades de vecinos que contraten a un ´técnico de cabecera´, que «por un precio muy razonable» vaya revisando los edificios y casas todos los años, con lo que comprobaría el estado anual de los inmuebles y las actuaciones que fueran pertinentes para su estado óptimo. De esta manera, dijo, se pueden evitar casos como los ocurridos recientemente en Madrid, en los que dos edificios se derrumbaron, uno de ellos incluso después de pasar la conocida como ´ITV´. Mentalización Antonio Mármol considera que aún queda mucho para conseguir que los ciudadanos, propietarios de las viviendas, sean conscientes de que tener un inmueble en las condiciones adecuadas puede evitar males mayores, como derrumbes o problemas graves en las estructuras. «Se pueden hacen ensayos que evitan los riesgos de colapso», insistió. «Es por su seguridad, porque son ellos los que viven ahí», dijo, alertando contra los anuncios que están apareciendo en internet. «Ofertan la realización del IEE por 39 euros y yo puedo asegurar que eso es imposible, porque el precio siempre va a depender del tipo de inmueble y de las pruebas que se hagan», puntualizó. Antonio Mármol añadió que un informe bien hecho «garantiza la seguridad» del edificio y no puede hacerse en pocos días, dejando claro que «quien lo firma tiene responsabilidad civil y penal», por lo que «es imposible que se pueda hacer a esos precios».  

¿Tu edificio está en forma?
  • 12 mar. 2015

  • Colegio_Murcia

¿Tu edificio está en forma?

Noticia Mantenimiento Puede que a lo largo de su vida una persona compre varios automóviles, con los que recibirá un detallado manual de instrucciones, con sus correspondientes especificaciones de funcionamiento, características y mantenimiento. En dicho manual, se le indican las revisiones periódicas que debe realizar. El propietario se informará adecuadamente de estos y otros extremos, y cumplirá casi a rajatabla las revisiones de mantenimiento, puestas a punto y sustituciones aconsejadas, poniendo para ello su vehículo en manos de profesionales cualificados y pagando las correspondientes facturas. Todo con el fin de evitar averías y alargar en la medida de lo posible la vida útil del vehículo, dotándolo de confort y seguridad. Sin embargo, la adquisición de una vivienda es posiblemente la mayor inversión que realiza una persona a lo largo de su vida. Durante gran parte de ella deberá destinar una cantidad importante de sus ingresos a su pago y, sin embargo, pocos propietarios de viviendas sean conscientes de que igualmente deben efectuar el mantenimiento adecuado de sus edificios y viviendas, realizando las inspecciones y sustituciones pertinentes, careciendo incluso muchos de ellos de un manual de instrucciones o guía de mantenimiento de su vivienda o edificio. Un edificio o conjunto de viviendas con sus zonas e instalaciones comunes es más que un coche y debe usarse y mantenerse en forma adecuadamente,  de manera que cumpla las funciones para las que está construido: alojar a sus propietarios o usuarios, dándoles confort y seguridad durante la vida útil para la que ha sido diseñado y esto solo puede conseguirse con un mantenimiento adecuado mediante las inspecciones, trabajos preventivos y adecuaciones que sean precisas. La ley de Ordenación de la Edificación dice en su artículo 3: “con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, los edificios deberán proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan los requisitos básicos siguientes:” A) Requisitos relativos a la funcionalidad. B) Requisitos relativos a la seguridad. C) Requisitos relativos a la habitabilidad.