24 may. 2021 Colegio_Murcia ¿Puedo cerrar mi balcón? Consejo Proyectos Técnicos ¿Tienes un balcón exterior del que no sueles hacer uso? Cerrar un balcón supone sumar su superficie a la de la estancia en la que se encuentra, lo que implica ganar más espacio interior y poder utilizarlo con más comodidad. De esta manera estamos ampliando metros útiles interiores en nuestra vivienda. Se trata de una solución cada vez más común, y que además de conseguir más espacio tiene otras ventajas: Ya no importa el clima exterior, puesto que podemos estar haciendo uso de esta nueva estancia con una temperatura estable. Se gana más privacidad. Sobre todo, si tu vivienda se encuentra en las plantas inferiores del edificio, o si existen edificios a poca distancia. Colocando un cerramiento adecuado podemos conseguir incluso mejorar el aislamiento térmico, y por tanto disminuir en la factura eléctrica. Aislamiento acústico garantizado. Si es un cerramiento en buenas condiciones podemos evitar la entrada de sonido exterior. Es muy interesante en viviendas que se encuentran en calles grandes con mucho tráfico o situadas en zonas de ocio. Mayor seguridad. Un balcón cerrado es más seguro ante robos que un balcón abierto que es un punto débil desde el punto de vista de la seguridad. ¿Te parecen interesantes las ventajas? Si te planteas cerrar tu balcón, debes tener en cuenta los siguientes aspectos: Cerrar un balcón implica una modificación de la fachada, por tanto, en primer lugar contar con la aprobación de la comunidad de propietarios en caso de edificios plurifamiliares. Además debemos obtener la licencia del ayuntamiento y que, en función de la normativa municipal, podrá requerir la presentación de documentación técnica y dirección de obra, por parte de un técnico competente. Podemos estar en el caso de tener nuestro edificio en una zona en la que las fachadas deben tener unas características determinadas, por tanto, la solución que se adopte debe cumplir con lo dispuesto. Por otro lado, es muy importante antes de empezar a colocar nada, conocer el estado de la estructura de nuestra vivienda. Hay casos en los que la estructura no podrá soportar la carga del nuevo cerramiento porque en el proyecto fue calculado para el diseño inicial. Si no se tiene en cuenta este aspecto, la estructura podría colapsar, y poner en riesgo la seguridad de las personas. Contacta con alguno de nuestros colegiados: realizará el estudio del estado del balcón, te aconsejará para elegir la solución más óptima y se encargará de realizar los trámites en el ayuntamiento.
31 oct. 2023 activatie Ayudas a la rehabilitación de tu edificio. Cómo gestionar los acuerdos con la comunidad de propietarios I. Análisis previo. Consejo Rehabilitación Partiendo de que el proceso de adopción de acuerdos en las Comunidades de propietarios relacionados con la ejecución de obras de rehabilitación, eficiencia energética y/o accesibilidad puede ser enormemente tedioso, dependiendo de la casuística concreta a la que nos enfrentemos, vamos a tratar de exponer de manera muy sucinta aquellas cuestiones que con carácter general han de tenerse en cuenta a la hora de dar un paso al frente y decidir llevar a cabo las actuaciones. 1º.- Estudiar la tipología de las obras a llevar a cabo. En función de la tipología de la obra se requerirá administrativamente una documentación u otra. Del mismo modo, en función del tipo de obra que la Comunidad de propietarios decida ejecutar condicionará la contratación a un técnico del proyecto técnico, así como su dirección de obra y coordinación de seguridad de los trabajos. La tipología de la obra tiene, además, como no podía ser de otra forma, un peso específico muy importante a la hora de determinar la obligatoriedad o no de determinados acuerdos, y su obligación de pago para el total de propietarios dependiendo que se den ciertas condiciones de que la junta sea celebrada en primera o segunda convocatoria, de que supere cierto número de mensualidades de coste repercutido anual, etc. En definitiva, no es un tema baladí el que se realice un concienzudo trabajo previo de la actuación a ejecutar pues ello nos evitará grandes problemas a futuro 2º.- Analizar la situación económico-financiera de la Comunidad de propietarios. Evidentemente es un tema de gran trascendencia, pues hay muchos factores a nivel económico-financiero que nos van a condicionar la viabilidad de un proyecto de rehabilitación: la situación de morosidad, la capacidad de endeudamiento de la Comunidad de propietarios, los balances y cuentas de resultados anuales, etc. 3º.- Además del estudio de los recursos propios procedería valorar los recursos ajenos accesibles, dado que dependiendo de la situación económico-financiera que presente nuestra comunidad de propietarios podría posicionar a ésta en una situación crítica a la hora de recurrir a fuentes de financiación ajenas. 4º.- Estudiar las distintas posibilidades de actuación, así como las distintas ofertas económicas encaminadas a obtener el mejor resultado técnico-económico posible. 5º.- Considerar las vías de acceso a subvenciones o a ayudas administrativas. Si bien es cierto que éstas pueden ser un atractivo para ayudar en una Junta de propietarios a favor de una actuación rehabilitadora, es cierto igualmente que generalmente dichas actuaciones rehabilitadoras se deben de iniciar, bien con recursos propios o ajenos. En ambos casos, insistir de que ello va a depender de lo saneada que se encuentre económica y financieramente la Comunidad de propietarios. Unido a todo lo anteriormente comentado, debería tenerse en cuenta que cada actuación nos va a requerir de una documentación técnica que no en todos los casos se conoce, se dispone de ella y/o se sabe dónde puede ser conseguida: escrituras, estatutos, etc. Dicho todo lo anterior, podemos concluir que dada la complejidad de los expedientes administrativos a los que nos podemos enfrentar en el estudio de las obras, adopción de acuerdos en las Comunidades de propietarios, ejecución de dichas obras, gestión de expedientes de licencias y subvención, etc... es obvio, a los efectos de aumentar exponencialmente las garantías de éxito de las actuaciones rehabilitadoras, de la necesidad de contar con la ayuda de los técnicos necesarios para que en materia de técnicas constructivas, materiales, etc., nos puedan asesorar, así como de un administrador de fincas colegiado para que nos asesore y gestione la celebración de las reuniones en las que adoptar los acuerdos, la solicitud de presupuestos de ejecución, la gestión administrativa de solicitud de licencias, de subvenciones, la gestión de las derramas y posibles impagos en la Comunidad, los contratos de obra, etc. Los profesionales técnicos percibirán unos honorarios, a los que habrán de sumarse los de aquellos profesionales que gestionen todo el proyecto, desde la parte inicial de estudio y propuestas, como su presentación a la Comunidad, recopilación de documentación, control de la evolución de las obras, certificaciones, gestión de subvenciones, derramas extraordinarias, búsqueda de financiación, etc., que suponen un trabajo relevante y fundamental y que normalmente lo asume el Administrador de Fincas, que es quien mejor conoce la situación económica y jurídica de la comunidad, y cuyo trabajo generará honorarios específicos ya que deberá dotar con recursos adicionales a la gestión ordinaria de la comunidad. Todo ello tendrá lógicamente repercusión directa en el coste de la obra, por cuanto deberá tenerse en cuenta en el cálculo del importe total de la obra, así como de las posibles derramas a emitir, plazos en los que fraccionar, financiación externa a la que recurrir, etc. II. Los Acuerdos Artículo extraido de la Guía para el ciudadano sobre las Ayudas a la rehabilitación (RD 853/2021)
18 mar. 2024 activatie Los edificios de nueva construcción deberán ser climáticamente neutros a partir de 2030 Consejo Eficiencia Energética El pasado martes 12 de marzo, el Parlamento Europeo aprobó la nueva Directiva de Eficiencia Energética de Edificios, ya acordada con el Consejo, para reducir el consumo de energía y las emisiones de gases de efecto invernadero del sector de la construcción de la Unión Europea de aquí a 2030, y hacerlo climáticamente neutro a partir de 2050. También busca renovar los edificios menos eficientes y mejorar el intercambio de información sobre el rendimiento energético. Los edificios nuevos ocupados por las autoridades públicas o que sean de su propiedad deberán alcanzar este objetivo ya en 2028. En el caso de los edificios residenciales, los países de la UE tendrán que adoptar medidas que garanticen una reducción en el promedio de energía primaria utilizada de al menos un 16 % para 2030 y al menos entre un 20 y un 22 % para 2035. La nueva Directiva tendrá que ser formalmente aprobada por el Consejo de Ministros para convertirse en ley. Nota de prensa del Parlamento Europeo Resolución y texto consolidado de la Directiva