En principio, las clases de pavimento respecto a la resbaladicidad no son "R", sino "C" y por otra parte, como dice el punto 1 de la Sección SUA 1. "Con el fin de limitar el riesgo de resbalamiento, los suelos de los edificios o zonas de uso Residencial Público, Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo y Pública Concurrencia, excluidas las zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI, tendrán una clase adecuada conforme al punto 3 de este apartado" Es decir, no aparece "Residencial Vivienda", por lo que no es preceptivo. otra cosa es que con el fin de proporcionar a ese pavimento un nivel de resbaladicidad se asemeje al resto de usos y en ese caso, si la terraza es exterior debería ser un C3. "Tabla 1.2" del DB SUA 1