Plantas en los balcones: cuidado con el sobrepeso

Las plantas en los balcones son muy bonitas, pero, como en la mayoría de las cosas, los excesos se pagan. Los balcones y terrazas están diseñados para soportar un peso determinado. Un sobrepeso puede ocasionar daños en la estructura de soporte, conllevando incluso desprendimientos.

No sobrecargues tu balcón, ni tu terraza. Una jardinera de 1 m de anchura x 50 cm de profundidad llena de tierra puede llegar a pesar 500 kilos.

Teniendo en cuenta que el suelo habitual de una terraza puede soportar una sobrecarga de uso de unos 200 kg/m2, según establece el Código Técnico de la Edificación, hay que ser coherente con las características del espacio. Se puede tener unas macetas, por supuesto, pero no un vergel repleto de grandes jardineras.

Por otra parte, es conveniente no colgar las macetas de las barandillas, pues son inestables frente a fuertes vientos.

Y finalmente, pon siempre un plato o recipiente debajo de cada maceta y muévelas de sitio para evitar la acumulación de agua, las filtraciones a la estructura y la aparición de hongos y humedades tanto en el suelo de tu terraza como en el techo de la del piso inferior.

En cualquier caso, si quieres saber más al respecto, consulta con un arquitecto técnico. Siempre estarás bien asesorado. Puedes hacerlo en este enlace.

Accede como colegiado de activatie para poder comentar.

Plantas en los balcones: cuidado con el sobrepeso

Plantas en los balcones: cuidado con el sobrepeso

Otras publicaciones

Cómo diferenciar un buen certificado de eficiencia energética
  • 8 jul. 2016

  • Colegio_Murcia

Cómo diferenciar un buen certificado de eficiencia energética

Consejo Eficiencia Energética El ritmo de vida actual es insostenible como se puede apreciar ya en el cambio climático. Y esto puede ir a más si no ponemos solución a la contaminación que generamos cada día. Una forma de reducir las emisiones de CO₂ es mejorar la eficiencia energética de los edificios. El Certificado de Eficiencia Energética es un documento oficial que incluye información sobre las características energéticas del inmueble. Su objetivo es poner en conocimiento de los ciudadanos el consumo energético de sus viviendas. La calificación se obtiene calculando el consumo anual de energía en condiciones normales de ocupación y funcionamiento, además mide las emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera. No debemos olvidar que el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es un informe técnico, por lo que el técnico certificador debe realizar una toma de datos físicamente en el inmueble, recopilar información sobre el sistema constructivo del mismo, orientaciones, instalaciones, etc. Por lo tanto, resulta imposible realizarlo sin esta toma de datos. Además, el técnico redactor debe tener conocimientos suficientes sobre las construcciones de las edificaciones para poder interpretar correctamente los datos y así poder realizar un certificado coherente con la realidad del inmueble. Este certificado contiene un informe que emite el programa certificador con toda la información del consumo energético del inmueble y la calificación de eficiencia energética obtenida. Además, de forma voluntaria y a criterio del técnico, se pueden aportar unos anexos complementarios como el documento catastral, fotografías tomadas durante la inspección y croquis del inmueble, así como facilitar unas directrices dirigidas al consumidor para conseguir una mayor eficiencia energética y ahorro de energía. Otra característica para reconocer que un CEE está realizado por un buen profesional son los anexos con los que el técnico complementa su informe. Estos anexos incluirán una descripción específica y detallada de las medidas propuestas para mejorar la calificación de eficiencia energética del inmueble pero, sobre todo, para mejorar el confort de la vivienda. La Norma actual exige que deberán disponer del Certificado de Eficiencia Energética: Todos los edificios de nueva construcción. Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m² y que sean frecuentados habitualmente por el público. Una vez realizado el certificado energético se debe registrar en el órgano competente de cada comunidad autónoma, tras este registro se emite una etiqueta indicando la calificación obtenida en una escala de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente). La validez máxima del Certificado es de 10 años, en caso de haber realizado importantes variaciones en el inmueble que puedan mejorar su calificación energética, se puede solicitar un nuevo certificado antes de los 10 años. Actualmente en distintas comunidades autónomas y municipios, se promueve la importancia de la certificación con Ayudas para acometer las reformas  y con descuentos en impuestos municipales, como el IBI,  por ejemplo en Murcia: http://tuedificioenforma.es/web_contenido2.php?id=506&tipo=Publicaciones Para mejorar la eficiencia energética de su vivienda la solución más óptima es actuar sobre la envolvente del edificio, aportando además un aumento en el aislamiento de ruidos: Fachadas: con sistemas de aislamiento térmico por el exterior (SATE), fachadas ventiladas, inyectando el aislamiento en la cámara de aire, etc. Huecos: colocar doble acristalamiento y perfiles con rotura de puente térmico. Cubiertas: instalación de cubiertas ecológicas. Además de estas actuaciones se puede ampliar la mejora instalando placas solares térmicas y fotovoltaicas, cambiando las bombillas y los electrodomésticos por unos de bajo consumo, instalando sistemas de domótica, etc.   Si dispones del Certificado de Eficiencia Energética, y además obtienes una buena calificación, puedes obtener grandes beneficios, como el aumento de valoración de la vivienda. Hay que tener en cuenta que la mejor forma de ahorrar es no gastar energía sin necesidad. Si necesitas más información sobre este tema no dudes en Consultar o solicitar los servicios de nuestros técnicos.

¿Necesitas un certificado energético para tu vivienda?
  • 6 feb. 2024

  • Colegio_Murcia

¿Necesitas un certificado energético para tu vivienda?

Consejo Eficiencia Energética Un certificado energético, es un documento redactado por un técnico competente (los arquitectos técnicos lo somos) que incluye información sobre las características energéticas del edificio. Esta calificación se obtiene mediante el cálculo del consumo energético anual para cubrir las necesidades del inmueble. Este proceso finaliza con la expedición de un certificado de eficiencia energética y sus correspondientes etiquetas. La escala de calificación energética comprende de la letra A, máximo grado de eficiencia energética, a la G, que es el menor grado. ¿Es obligatorio tener un certificado energético de nuestro inmueble? Desde 2013 es necesario contar con este certificado si queremos vender o alquilar nuestra propiedad. Es el propietario quien debe solicitarlo y facilitarlo al comprador o inquilino, y el incumplimiento de esto, puede derivar en una sanción económica. Los inmuebles exentos de esta obligación son: Edificios de protección oficial. Edificios de actividad religiosa. Edificios aislados con una superficie menor a 50m2. Edificios que vayan a ser reformados completamente o demolidos. ¿Quién lo realiza? Siempre lo debe realizar un técnico competente. Los arquitectos técnicos los somos. ¿Cuánto tarda en emitirse el certificado? Los plazos dependen del técnico que lo realice y de la tramitación posterior en la administración competente de la comunidad autónoma. Por lo general, se recomienda hacer la solicitud de este certificado con una antelación aproximada de 1 mes, antes de la compraventa o alquiler.   Si tienes más dudas, no dudes en contactar con un arquitecto técnico, y si necesitas un certificado, se encargará de todo, incluso de la tramitación posterior.

El Arquitecto Técnico es el profesional idóneo para encargarse del mantenimiento del edificio como “Técnico de cabecera”
  • 29 jul. 2015

  • Colegio_Alicante

El Arquitecto Técnico es el profesional idóneo para encargarse del mantenimiento del edificio como “Técnico de cabecera”

Noticia Mantenimiento Es el profesional que por encargo de la comunidad de propietarios se ocupa de la conservación y el mantenimiento de la edificación y de la calidad de la construcción, alargando la vida útil y asegurando la calidad de vida de sus ocupantes. El Arquitecto Técnico es profesional idóneo para asumir el rol del comúnmente denominado “técnico de mantenimiento” o “Técnico de cabecera” del edificio, esto es, el profesional que, por encargo de la comunidad de propietarios, se ocupa de la conservación y el mantenimiento de la edificación y de la calidad de la construcción, alarga la vida del edificio y asegura la calidad de vida de sus ocupantes. Como profundo conocedor del edificio, es el técnico idóneo para guiar las operaciones que hay que hacer en cada momento para asegurar el correcto mantenimiento y adecuar el edificio a la legislación vigente. COMPETENCIAS Las competencias que los estudiantes del título académico que habilita para ejercer la profesión de Arquitecto Técnico deben adquirir, según el apartado 3 de la Orden Ministerial 3855/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico, lo que sin duda aclara su idoneidad: 1. Dirigir la ejecución material de las obras de edificación, de sus instalaciones y elementos, llevando a cabo el control cualitativo y cuantitativo de lo construido mediante el establecimiento y gestión de los planes de control de materiales, sistemas y ejecución de obra, elaborando los correspondientes registros para su incorporación al Libro del Edificio. Llevar el control económico de la obra elaborando las certificaciones y la liquidación de la obra ejecutada. 2. Redactar estudios y planes de seguridad y salud laboral y coordinar la actividad de las empresas en materia de seguridad y salud laboral en obras de construcción, tanto en fase de proyecto como de ejecución. 3. Llevar a cabo actividades técnicas de cálculo, mediciones, valoraciones, tasaciones y estudios de viabilidad económica; realizar peritaciones, inspecciones, análisis de patología y otros análogos y redactar los informes, dictámenes y documentos técnicos correspondientes; efectuar levantamientos de planos en solares y edificios. 4. Elaborar los proyectos técnicos y desempeñar la dirección de obras de edificación en el ámbito de su habilitación legal. 5. Gestionar las nuevas tecnologías edificatorias y participar en los procesos de gestión de la calidad en la edificación; realizar análisis, evaluaciones y certificaciones de eficiencia energética así como estudios de sostenibilidad en los edificios. 6. Dirigir y gestionar el uso, conservación y mantenimiento de los edificios, redactando los documentos técnicos necesarios. Elaborar estudios del ciclo de vida útil de los materiales, sistemas constructivos y edificios. Gestionar el tratamiento de los residuos de demolición y de la construcción. 7. Asesorar técnicamente en los procesos de fabricación de materiales y elementos utilizados en la construcción de edificios. 8. Gestionar el proceso inmobiliario en su conjunto. Ostentar la representación técnica de las empresas constructoras en las obras de edificación. Cabe citar, además, algunas de las competencias que se desarrollan en el anexo de la citada norma, a la que nos remitimos para el conocimiento de las restantes: · Capacidad para adecuar los materiales de construcción a la tipología y uso del edificio, gestionar y dirigir la recepción y el control de calidad de los materiales, su puesta en obra, el control de ejecución de las unidades de obra y la realización de ensayos y pruebas finales. · Aptitud para aplicar la normativa específica sobre instalaciones al proceso de la edificación. · Capacidad para dictaminar sobre las causas y manifestaciones de las lesiones en los edificios, proponer soluciones para evitar o subsanar las patologías, y analizar el ciclo de vida útil de los elementos y sistemas constructivos. · Aptitud para intervenir en la rehabilitación de edificios y en la restauración y conservación del patrimonio construido. · Aptitud para el predimensionado, diseño, cálculo y comprobación de estructuras y para dirigir su ejecución material. · Capacidad para desarrollar constructivamente las instalaciones del edificio, controlar y planificar su ejecución y verificar las pruebas de servicio y de recepción, así como su mantenimiento. · Etcétera Por tanto de la mera lectura de la descripción de los conocimientos que la norma determina que debe adquirir el Arquitecto Técnico al estudiar la carrera basta y sobra para comprender por qué decimos que estamos ante un técnico idóneo para encargarse de la gestión del mantenimiento de los edificios. Además, constatamos que todos los módulos que el futuro Arquitecto Técnico estudia en la carrera, absolutamente todos, giran en torno a la edificación/construcción.