“El Aparejador de cabecera: El técnico experto en el mantenimiento de edificios”. El Colegio de Aparejadores de Alicante en el especial comunidades del diario Información del domingo 10 de julio.

La plataforma www.tuedificoenforma.es impulsada por 23 Colegios de Aparejadores de distintos puntos de España, asesora en todas las materias a las comunidades de propietarios.

Las comunidades de propietarios suelen contar con profesionales que les asesoran en materia de gestión administrativa de las mismas. Sin embargo, existen cuestiones relativas al mantenimiento de los edificios que, por su complejidad técnica, es conveniente que sean resueltas por profesionales cualificados para garantizar el buen funcionamiento de las instalaciones a largo plazo.

Los especialistas mejor preparados para hacer frente a este tipo de operaciones de mantenimiento de edificios son los aparejadores o arquitectos técnicos, quienes tienen la capacidad de asesorar e inspeccionar a las comunidades de vecinos en todo lo relativo al su estructura, instalaciones o seguridad, entre otros aspectos.

En este sentido, desde el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Alicante (COAATIEA) se recomienda a todas las comunidades de propietarios contar con un ‘aparejador de cabecera’, un profesional técnico con capacidad de realizar todas las gestiones referentes al mantenimiento de los edificios.

Este profesional será el encargado, entre otros aspectos, de realizar las inspecciones reglamentarias, así como de desarrollar el plan de mantenimiento del edificio. Sin embargo, contar en las comunidades con un aparejador de confianza es recomendable no solo por cuestiones  legales, sino también por seguridad y también de ahorro. Por un lado, el aparejador puede detectar en los edificios patologías estructurales o problemas en las instalaciones que pueden afectar al confort de la comunidad. Por otro, el técnico podrá asesorar a los propietarios sobre la aplicación de medidas que permitan el ahorro energético.

En definitiva, el ‘aparejador de cabecera’ será el encargado de gestionar el Libro de Mantenimiento del edificio, de realizar las inspecciones necesarias en el inmueble, de aportar las mejores soluciones para problemas que puedan surgir (grietas, desprendimientos, humedades, etc.), así como mejorar en general la habitabilidad y confortabilidad de los residentes en la comunidad.

Tu edificio en forma

www.tuedificioenforma.es es una página web impulsada por 23 Colegios de Aparejadores de distintos puntos de España, entre los que se encuentra el de Alicante, en la que se ofrece información sobre temas vinculados a la vivienda: estado de conservación, inspecciones técnicas, eficiencia energética, rehabilitación y mantenimiento, accesibilidad, etc. El portal ofrece noticias clasificadas por provincias, un directorio de profesionales para que los propietarios puedan encontrar a su ‘aparejador de cabecera’, así como un apartado en el que los usuarios pueden formular cuestiones sobre su vivienda que serán resueltas por un técnico especialista. Este espacio virtual ofrece servicio gratuito a los administradores de fincas y comunidades de propietarios,  gracias al convenio firmado entre el Colegio de Aparejadores de Alicante y el de Administradores de Fincas.

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“El Aparejador de cabecera: El técnico experto en el mantenimiento de edificios”. El Colegio de Aparejadores de Alicante en el especial comunidades del diario Información del domingo 10 de julio.

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¿Qué es el Informe de Evaluación de Edificios y cuándo es necesario?

Consejo Mantenimiento Al igual que ocurre con los vehículos, que deben pasar regularmente la ITV, los edificios, cuando alcanzan una determinada antigüedad, deben pasar una inspección que evalúe su estado de conservación y funcionalidad, y en caso de que no sea el adecuado por poner en riesgo la seguridad de las personas, someterlo a las actuaciones que fuera necesario emprender. Esta inspección, que ya fue regulada de manera obligatoria hace años en numerosos Ayuntamientos y Comunidades Autónomas con el nombre de Inspección Técnica de Edificios, pasa a ser ahora obligatoria en todo el ámbito nacional, de la mano de Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, mediante los denominados Informes de evaluación. El Informe de evaluación resulta de una inspección por parte de un técnico competente, (los arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros de edificación lo somos), y comprende por un lado la citada inspección técnica del edificio, en la que se evalúan el estado de conservación del mismo y las condiciones básicas de accesibilidad,  y, por otro lado, la toma de datos para la realización del certificado de  eficiencia energética. ¿CUÁNDO ES NECESARIO? Este informe es obligatorio en los edificios de tipología residencial colectiva que tengan una antigüedad superior a 50 años, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas aprueben una regulación más exigente. Sin embargo, los técnicos consideramos que una vez que el edificio alcanza los 15 años, es muy recomendable la realización de este tipo de inspecciones, que pueden permitir detectar y subsanar a tiempo anomalías, evitando posteriores reparaciones mucho más costosas. También es prescriptivo en el caso en que los  propietarios del edificio residencial en cuestión soliciten ayudas para la rehabilitación de las zonas comunes del mismo. SUBVENCIONES ESTATALES PARA SU REALIZACIÓN El PLAN ESTATAL DE  VIVIENDA 2013-2016, incluye  ayudas a la implantación de este Informe de Evaluación de  Edificios, con una subvención máxima del  50 por 100 del coste del mismo. Para más información sobre condiciones y asesoramiento, debe dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de su Comunidad Autónoma. Los aparejadores somos plenamente competentes en la realización de estos informes, ofreciendo nuestros servicios de asesoramiento y redacción de los mismos como expertos en la materia.  Otros artículos relacionados: - Convocatoria de ayudas de la Región de Murcia destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios  - Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios. CARM