Servicio gratuito de asesoramiento a ciudadanos sobre las Ayudas a la Rehabilitación

¡No dejes pasar la oportunidad de solicitar las ayudas económicas para rehabilitar tu vivienda!
¿Necesitas más información? Contacta con nosotros.

Plazo de presentación

Hasta el 29 de febrero.

Actuaciones subvencionables.

Estado general de la conservación.

Eficiencia energética.

Accesibilidad.

Más información

Para más información el Colegio de Aparejadores de Murcia ha puesto un teléfono gratuito para que puedas ser asesorado por un aparejador, como técnicos especialistas en todos los temas que afectan a tu vivienda: 868600031.

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El IEE contará con ayudas en la Comunidad Valenciana
  • 23 mar. 2016

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El IEE contará con ayudas en la Comunidad Valenciana

Noticia Rehabilitación La Consellleria de Vivienda ha anunciado la próxima publicación, prevista apra abril, de una orden deayudas para la realización de IEEs, a las que podrán acogerse las comunidades de propietarios, ayudas enmarcadas en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas. Tal como explicaba Javier Peñarrocha, Jefe del Servicio de Rehabilitación de la Conselleria de Vivienda, durante la jornada de presentación celebrada en el Instituto Valenciano de la Edificación, las ayudas a la realización de los Informes de Evaluación del Edificio de la Comunidad Valenciana (IEE.CV) serán como las de la convocatoria de 2015.Se concederán en régimen de concurrencia competitiva, que establece un plazo para presentar la solicitud de ayudas y un baremo que determinará la resolución de concesión de las mismas. El plazo estimado para presentar la solicitud será de 4 meses desde la publicación de la convocatoria de ayudas. Y se resolverá la concesión en 2 meses desde el fin de ese plazo. Los beneficiarios de las ayudas serán las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios y los propietarios únicos de edificios. Los edificios deben ser de carácter predominantemente residencial. Respecto a los importes de las ayudas, consistirán en una subvención máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local, sin que pueda superarse la cantidad de 500 euros por el edificio, ni el 50% del coste del Informe. Y el coste subvencionable será el de los honorarios del técnico competente para la realización de los IEEs (recordemos que son únicamente los arquitectos y los arquitectos técnicos, según la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015 y el dictamen 550/2015 del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana). El IEE subvencionable debe estar registrado telemáticamente y haber sido realizado siguiendo el procedimiento recogido el DRD 08/15 Siguiendo la convocatoria de 2015, podemos extraer los criterios de adjudicación que se valorarán en la concesión de las ayudas. Esta orden otorgaba una mayor puntación a los edificios de más de 30 años, puntuación que se incrementaba por cada año que excediera de esos 30 iniciales. El número de viviendas era otro de los criterios, otorgando una mayor puntación a los que superaran las 20. La obligatoriedad de la realización del IEE sumaba puntos adicionales. Y finalmente, si el edificio solicitaba ayudas para efectuar las intervenciones que el IEE recomienda, se incrementaba la valoración final.

Ayudas de la CARM para el Informe de Evaluación de Edificios
  • 9 mar. 2015

  • Colegio_Murcia

Ayudas de la CARM para el Informe de Evaluación de Edificios

Subvención Mantenimiento La Orden de 29 de diciembre de 2014, de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba convocatoria de ayudas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, destinadas a la financiación del Informe de evaluación de edificios regula los distintos aspectos de los Informes de Evaluación de Edificios: la documentación que se debe presentar, las condiciones mínimas que deben reunir los edificios, y, las normas de presentación del Informe a la propiedad y al Ayuntamiento. El resultado de la inspección quedará reflejado en el Informe de Evaluación del Edificio, que describirá las deficiencias encontradas y deberá determinar los trabajos necesarios para subsanarlas y asignar un plazo al efecto. Además, el informe proporcionará información adicional sobre aspectos tales como la vulnerabilidad sísmica, ventilación y ahorro de agua. El resultado del informe será favorable, si no existen deficiencias o si las mismas son leves o relativas al ornato; y será desfavorable en caso contrario, debiendo realizarse las obras o subsanarse las deficiencias para devolver al edificio a las condiciones mínimas exigibles. En caso de existir deficiencias que puedan suponer una situación de riesgo, el técnico encargado de la inspección deberá comunicarlo de forma inmediata a la propiedad y a los servicios técnicos municipales, y advertir de las medidas de urgencia que se hayan adoptado o deban adoptarse. Tras un informe desfavorable y una vez concluidas las obras, el propietario deberá presentar el certificado final de obras en el Ayuntamiento, mientras que si se trata de pequeñas obras o deficiencias que no requieran proyecto, bastará con un certificado expedido por el técnico redactor del Informe de Evaluación en el que se haga constar que se han subsanado las deficiencias. Los edificios deberán ser objeto de Informe de Evaluación en los siguientes supuestos: a) Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva y de tipologías asimiladas conforme a lo establecido en el artículo 2.6 de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, cuando tengan una antigüedad superior a cincuenta años y figuren dentro de los plazos que establece el Anexo I del presente Decreto. b) Los que estén incluidos en un Plan Municipal de Evaluación de Edificios. c) Cuando sea requerido el Ayuntamiento por la Consejería competente en materia de vivienda, por existir circunstancias objetivas que hagan aconsejable el Informe de Evaluación, especialmente, para garantizar un tratamiento homogéneo en áreas metropolitanas y en zonas especialmente degradadas. d) Cuando se soliciten ayudas públicas para acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética, conforme a lo dispuesto en su normativa reguladora. Las ayudas se cifran en 20 € por vivienda. Las solicitudes se realizarán en la Consejería de Obras públicas y Ordenación del territorio de la Región de Murcia. Para más información o dudas, puede consultar con su aparejador de cabecera quien le asesorará e informará acerca de ésta u otras subvenciones disponibles.

Murcia subvenciona las instalaciones que mejoren un 20% la eficiencia energética
  • 14 nov. 2018

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Subvención Rehabilitación La Comunidad Autónoma de Murcia subvenciona instalaciones que consigan mejorar, como mínimo, un 20% la eficiencia energética en el edificio. Se trata de una de las líneas de ayudas que contempla el Plan de Vivienda de la Región de Murcia 2018-2021, que cuenta este año con un presupuesto de tres millones. El Colegio de Aparejadores de Murcia ofrece a los ciudadanos un servicio gratuito de asesoramiento para solicitar las ayudas, en el teléfono 868 600 031. De acuerdo con una nota de prensa emitida por la Comunidad Autónoma, se pondrá especial atención en fachadas, cubiertas, ventanas, aislamiento e instalaciones que consumen energía (calefacción, refrigeración, ventilación e iluminación). Los beneficiarios de esta subvención serán comunidades de propietarios, propietarios de viviendas en un edificio y propietarios de viviendas unifamiliares, tanto en el ámbito urbano como rural. Serán beneficiarios preferentemente las viviendas construidas antes de 1996. Luminarias, objeto de ayudas El director general de Ordenación del Territorio, Arquitectura y Vivienda, José Antonio Fernández Lladó, explicó la semana pasada en la Federación Regional de Empresas del Metal (Fremm) las características de este programa. Las ayudas para conservación podrán alcanzar los 3.600 euros por vivienda, mientras que las de accesibilidad llegan hasta los 9.600 euros, y pueden alcanzar los 20.400 euros para personas con una discapacidad severa. “La instalación de ascensores, rampas de acceso a edificios o plataformas salvaescaleras son objeto de esta subvención. También videoporteros, automatismos en puerta o luminarias, así como la adaptación de baños y cocinas”, precisó el director general. El plazo de presentación de solicitudes concluirá el próximo 30 de noviembre. Publicado en Eseficiencia, 13/11/18