Reducción del IBI a las viviendas con Eficiencia Energética

El Ministerio de Hacienda ha anunciado que aquellas viviendas y oficinas que hagan un uso más eficiente de la energía podrán reducir hasta un 20% su Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en función de su calificación energética.

En la actualidad, sólo un 0,1% de las viviendas que tienen Certificado de Eficiencia Energética, tiene la calificación A y más de un tercio de los inmuebles no tiene certificado y por tanto quedan exentos de esta bonificación.

Con esta medida se pretende fomentar la construcción y adquisición de viviendas energéticamente eficientes, así como la realización de mejoras de instalaciones y envolventes para rehabilitar los edificios ya existentes y así obtener el correspondiente Certificado de Eficiencia Energética.

Todo esto conlleva el impulso del empleo relacionado con las reformas de edificios y otra opción de trabajo para los técnicos titulados. Además se reducen los impuestos que tienen que pagar los ciudadanos.

Esta rebaja del IBI entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2016 y afectará a todos los inmuebles que hayan obtenido una buena calificación en el certificado energético, realizado por un técnico competente.

La bonificación irá reduciéndose a medida que lo hace la calificación energética del inmueble.

Tipo A____ hasta el 20%

Tipo B____ hasta el 16%

Tipo C____ hasta el 12%

Tipo D____ hasta el 8%

Tipo E____ hasta el 4%

No quedan beneficiados de estas reducciones aquellos inmuebles que tengan una calificación energética F y G o no hayan obtenido dicho certificado.

Esta medida no solo faculta a los Ayuntamientos a introducir esta rebaja sino que pone orden para que no haya grandes diferencias entre unos y otros.

Para poder optar a estas reducciones, se deberá presentar el correspondiente Certificado de Eficiencia Energética en el Ayuntamiento correspondiente.

Si tiene alguna duda sobre esta medida o cómo mejorar la calificación energética de su vivienda, contacte con su aparejador de cabecera quien le podrá asesorar.

Accede como colegiado de activatie para poder comentar.

Reducción del IBI a las viviendas con Eficiencia Energética

Reducción del IBI a las viviendas con Eficiencia Energética

Otras publicaciones

Cómo elegir una ventana para renovar las de mi vivienda (I)
  • 25 abr. 2023

  • Colegio_Murcia

Cómo elegir una ventana para renovar las de mi vivienda (I)

Consejo Eficiencia Energética ¿Estás pensando en cambiar las ventanas? Esta información te interesa, hay tantas soluciones posibles que lo primordial es saber qué queremos conseguir con nuestras nuevas ventanas. Dedicaremos dos artículos a resolver tus dudas. Comenzaremos por los tipos de apertura. Para conocer qué metodología de apertura es la más adecuada para nuestro caso concreto, tendremos que hacernos algunas preguntas: ¿Qué interacción tendremos con la ventana?, ¿abriremos hacia fuera, hacia adentro o en el mismo plano? La respuesta a esta pregunta depende básicamente del espacio disponible alrededor de la misma, y de nuestras preferencias. Los tipos de ventana que podemos encontrar en el mercado, según su forma de apertura, son los siguientes: Ventana batiente: es el tipo de ventana que abre como una puerta, es decir, tiene las bisagras en el eje vertical o en el eje horizontal inferior. Proporcionan un buen aislamiento tanto térmico como acústico y dejan el hueco completo libre para ventilar. El inconveniente principal es el espacio que ocupa el barrido de la hoja al abrir. Ventana proyectante: es una ventana abatible, con la diferencia de que el eje de apertura se encuentra en la parte superior. La apertura se realiza de abajo hacia arriba. Oscilo batiente: es la unión entre la ventana batiente de eje vertical y la de eje horizontal, con una limitación de apertura de este último sentido, solo para ventilación. Ventana pivotante: el eje de giro se encuentra en el centro, por tanto, en la apertura de esta ventana, queda una parte de la hoja hacia dentro y otra hacia afuera Corredera horizontal: el desplazamiento de la hoja es en horizontal y se mueve mediante unos carriles. El número de carriles dependerá del número de hojas que sean móviles. Corredera vertical (guillotina): El mecanismo de apertura es igual que el de la corredera horizontal, pero el sentido de apertura es vertical Corredera elevable: este sistema se basa en una ventana corredera sencilla, pero con un mecanismo de elevación que hace que su desplazamiento sea más suave. Es más estanca para viento y lluvia y es óptima para grandes superficies gracias a que es muy fácil de deslizar. Plegables: es un sistema de hojas articuladas que giran sobre su eje vertical, y a su vez este eje se desplaza sobre un carril. Quedan recogidas como un acordeón. Fijas: Son ventanas las cuales no tienen ningún tipo de apertura, solo el marco fijo y el cristal. Están pensadas para dar luz, no para ventilar Salomónicas: están fabricadas a partir de celosías, no son herméticas, están pensadas para que haya ventilación. Las ventanas batientes o correderas elevadoras son más aislantes que las correderas sencillas, por su sistema de ajuste de la hoja contra el marco. Por lo que si se busca un buen aislamiento debemos huir de las ventanas correderas. En el siguiente artículo trataremos los tipos de materiales para ventanas que existen en el mercado. Como habrás podido comprobar, las ventanas son todo un mundo. Si estás pensando en reformar tu vivienda o cambiar tus ventanas, no lo dudes, contacta con un Arquitecto Técnico, que como especialista en edificación podrá asesorarte en la solución más óptima. 

El Arquitecto Técnico es el profesional idóneo para encargarse del mantenimiento del edificio como “Técnico de cabecera”
  • 29 jul. 2015

  • Colegio_Alicante

El Arquitecto Técnico es el profesional idóneo para encargarse del mantenimiento del edificio como “Técnico de cabecera”

Noticia Mantenimiento Es el profesional que por encargo de la comunidad de propietarios se ocupa de la conservación y el mantenimiento de la edificación y de la calidad de la construcción, alargando la vida útil y asegurando la calidad de vida de sus ocupantes. El Arquitecto Técnico es profesional idóneo para asumir el rol del comúnmente denominado “técnico de mantenimiento” o “Técnico de cabecera” del edificio, esto es, el profesional que, por encargo de la comunidad de propietarios, se ocupa de la conservación y el mantenimiento de la edificación y de la calidad de la construcción, alarga la vida del edificio y asegura la calidad de vida de sus ocupantes. Como profundo conocedor del edificio, es el técnico idóneo para guiar las operaciones que hay que hacer en cada momento para asegurar el correcto mantenimiento y adecuar el edificio a la legislación vigente. COMPETENCIAS Las competencias que los estudiantes del título académico que habilita para ejercer la profesión de Arquitecto Técnico deben adquirir, según el apartado 3 de la Orden Ministerial 3855/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico, lo que sin duda aclara su idoneidad: 1. Dirigir la ejecución material de las obras de edificación, de sus instalaciones y elementos, llevando a cabo el control cualitativo y cuantitativo de lo construido mediante el establecimiento y gestión de los planes de control de materiales, sistemas y ejecución de obra, elaborando los correspondientes registros para su incorporación al Libro del Edificio. Llevar el control económico de la obra elaborando las certificaciones y la liquidación de la obra ejecutada. 2. Redactar estudios y planes de seguridad y salud laboral y coordinar la actividad de las empresas en materia de seguridad y salud laboral en obras de construcción, tanto en fase de proyecto como de ejecución. 3. Llevar a cabo actividades técnicas de cálculo, mediciones, valoraciones, tasaciones y estudios de viabilidad económica; realizar peritaciones, inspecciones, análisis de patología y otros análogos y redactar los informes, dictámenes y documentos técnicos correspondientes; efectuar levantamientos de planos en solares y edificios. 4. Elaborar los proyectos técnicos y desempeñar la dirección de obras de edificación en el ámbito de su habilitación legal. 5. Gestionar las nuevas tecnologías edificatorias y participar en los procesos de gestión de la calidad en la edificación; realizar análisis, evaluaciones y certificaciones de eficiencia energética así como estudios de sostenibilidad en los edificios. 6. Dirigir y gestionar el uso, conservación y mantenimiento de los edificios, redactando los documentos técnicos necesarios. Elaborar estudios del ciclo de vida útil de los materiales, sistemas constructivos y edificios. Gestionar el tratamiento de los residuos de demolición y de la construcción. 7. Asesorar técnicamente en los procesos de fabricación de materiales y elementos utilizados en la construcción de edificios. 8. Gestionar el proceso inmobiliario en su conjunto. Ostentar la representación técnica de las empresas constructoras en las obras de edificación. Cabe citar, además, algunas de las competencias que se desarrollan en el anexo de la citada norma, a la que nos remitimos para el conocimiento de las restantes: · Capacidad para adecuar los materiales de construcción a la tipología y uso del edificio, gestionar y dirigir la recepción y el control de calidad de los materiales, su puesta en obra, el control de ejecución de las unidades de obra y la realización de ensayos y pruebas finales. · Aptitud para aplicar la normativa específica sobre instalaciones al proceso de la edificación. · Capacidad para dictaminar sobre las causas y manifestaciones de las lesiones en los edificios, proponer soluciones para evitar o subsanar las patologías, y analizar el ciclo de vida útil de los elementos y sistemas constructivos. · Aptitud para intervenir en la rehabilitación de edificios y en la restauración y conservación del patrimonio construido. · Aptitud para el predimensionado, diseño, cálculo y comprobación de estructuras y para dirigir su ejecución material. · Capacidad para desarrollar constructivamente las instalaciones del edificio, controlar y planificar su ejecución y verificar las pruebas de servicio y de recepción, así como su mantenimiento. · Etcétera Por tanto de la mera lectura de la descripción de los conocimientos que la norma determina que debe adquirir el Arquitecto Técnico al estudiar la carrera basta y sobra para comprender por qué decimos que estamos ante un técnico idóneo para encargarse de la gestión del mantenimiento de los edificios. Además, constatamos que todos los módulos que el futuro Arquitecto Técnico estudia en la carrera, absolutamente todos, giran en torno a la edificación/construcción.

Ayudas para rehabilitación residencial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos Next Generation)
  • 26 jul. 2022

  • activatie

Ayudas para rehabilitación residencial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos Next Generation)

Consejo Eficiencia Energética El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana publicó el pasado mes de octubre el de Real Decreto por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se contemplan dos puntos concretos destinados a la mejora de los edificios y viviendas, concretamente los programas 3 y 4: Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. Y el Programa 5, que servirá para cubrir los gastos relativos al Libro del edificio Existente y Proyectos de Rehabilitación que se necesiten para llevar a cabo las intervenciones que se deriven de los programas 3 y 4. Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deberán realizar sus convocatorias de ayudas conforme a lo establecido en el mismo, concretando los requisitos, plazos y procedimiento para formalizar la de solicitud.  Algunos programas ya están regulados en algunas comunidades autónomas, y en el resto, la publicación es inminente. Por lo que, si te planteas en solicitarlas, una vez publicada la convocatoria en tu provincia, no dudes en contactar con un arquitecto técnico, que como especialista en edificación puede asesorarte tanto en la intervención a realizar como en la gestión de solicitud de estas ayudas.  Este proyecto responde al nuevo instrumento de recuperación Next Generation EU permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes. Aunque la actividad de rehabilitación ha experimentado un notable crecimiento entre los años 2017 y 2019, sin embargo, el ritmo sigue siendo significativamente inferior al de países de nuestro entorno, e insuficiente para cumplir con los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, que plantea la rehabilitación de un total de 1.200.000 viviendas en el conjunto del período, comenzando con 30.000 viviendas al año en 2021 y finalizando con 300.000 viviendas al año en 2030. Descargar Real Decreto