29 mar. 2017 Guía práctica de la energía para la rehabilitación de edificios Consejo Rehabilitación Esta guía pretende abarcar todas las posibilidades de rehabilitación térmica de un edificio, asesorando al usuario y poniendo a su alcance propuestas para incorporar soluciones de aislamiento térmico más idóneas en cada caso. Aislar térmicamente una vivienda consiste en lograr que sus elementos en contacto con el exterior aumenten su resistencia al paso del calor, lo que se consigue incorporando materiales aislantes(*) en: muros exteriores, cubiertas, suelos, tabiques y huecos. La información de esta guía práctica está estructurada en seis apartados. El apartado primero recoge las condiciones en las que un usuario/propietario de una vivienda puede o debe plantearse la rehabilitación de la misma mediante el aislamiento térmico. El apartado segundo pone de manifiesto los beneficios que aporta al usuario/propietario de la vivienda la rehabilitación gracias al aislamiento térmico. En el tercero se recogen los edificios que pueden ser rehabilitados. En el cuarto se indica cómo realizar la rehabilitación, ya sea en la fachada, en la cubierta o en los suelos. Asimismo trata de la sustitución de los vidrios y ventanas y de otras medidas para el aislamiento de las instalaciones del edificio. En el apartado quinto se incluye información sobre el proceso técnico-administrativo que debe seguir un usuario/propietario cuando decide acometer una rehabilitación térmica. Por último, el apartado sexto ofrece algunos ejemplos, desarrollando un caso práctico y sencillo de una rehabilitación en una vivienda en bloque mediante el aislamiento en su fachada. Guía práctica de la energía. Edición digital Nueva y renovada edición digital de la Guía Práctica de la Energía. Se trata de un eficaz y didáctico instrumento para que los ciudadanos adquieran información relevante sobre el Ahorro y la Eficiencia energética en todas sus formas. Guía práctica de la energía para la rehabilitación de edificios Ver en la fuente original.
11 jun. 2024 activatie Infórmate sobre las Ayudas a la Rehabilitación disponibles para edificios y viviendas Consejo Eficiencia Energética El MITMA presenta en su página web toda la información sobre las Ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios, disponibles actualmente, mediante una serie de videos muy concretos y clarificadores. En la misma, además se puede acceder a un simulador para conocer las posibles actuaciones, y su costo aproximado sobre el propio edificio, de manera muy sencilla. También se pueden consultar las oficinas de rehabilitación de cada comunidad autónoma y las convocatorias de cada programa de ayudas. Y si la actuación requiere contratar a un técnico, le recordamos que en nuestra web disponemos de un apartado Técnicos, donde puede consultar sus dudas y pedir presupuesto a nuestros colegiados Arquitectos técnicos contactando de manera directa. ¡No deje pasar esta oportunidad de mejorar su hogar! Ir a la web
10 mar. 2015 Colegio_Murcia ¿Qué es el Informe de Evaluación de Edificios y cuándo es necesario? Consejo Mantenimiento Al igual que ocurre con los vehículos, que deben pasar regularmente la ITV, los edificios, cuando alcanzan una determinada antigüedad, deben pasar una inspección que evalúe su estado de conservación y funcionalidad, y en caso de que no sea el adecuado por poner en riesgo la seguridad de las personas, someterlo a las actuaciones que fuera necesario emprender. Esta inspección, que ya fue regulada de manera obligatoria hace años en numerosos Ayuntamientos y Comunidades Autónomas con el nombre de Inspección Técnica de Edificios, pasa a ser ahora obligatoria en todo el ámbito nacional, de la mano de Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, mediante los denominados Informes de evaluación. El Informe de evaluación resulta de una inspección por parte de un técnico competente, (los arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros de edificación lo somos), y comprende por un lado la citada inspección técnica del edificio, en la que se evalúan el estado de conservación del mismo y las condiciones básicas de accesibilidad, y, por otro lado, la toma de datos para la realización del certificado de eficiencia energética. ¿CUÁNDO ES NECESARIO? Este informe es obligatorio en los edificios de tipología residencial colectiva que tengan una antigüedad superior a 50 años, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas aprueben una regulación más exigente. Sin embargo, los técnicos consideramos que una vez que el edificio alcanza los 15 años, es muy recomendable la realización de este tipo de inspecciones, que pueden permitir detectar y subsanar a tiempo anomalías, evitando posteriores reparaciones mucho más costosas. También es prescriptivo en el caso en que los propietarios del edificio residencial en cuestión soliciten ayudas para la rehabilitación de las zonas comunes del mismo. SUBVENCIONES ESTATALES PARA SU REALIZACIÓN El PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2013-2016, incluye ayudas a la implantación de este Informe de Evaluación de Edificios, con una subvención máxima del 50 por 100 del coste del mismo. Para más información sobre condiciones y asesoramiento, debe dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de su Comunidad Autónoma. Los aparejadores somos plenamente competentes en la realización de estos informes, ofreciendo nuestros servicios de asesoramiento y redacción de los mismos como expertos en la materia. Otros artículos relacionados: - Convocatoria de ayudas de la Región de Murcia destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios - Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios. CARM