¡Horror! ¡Una grieta en mi casa!

Acabas de descubrir una grieta en tu casa. ¿Será peligrosa? No todas lo son, pero las que suponen un riesgo para tu casa y sus habitantes, deben revisarse urgentemente. Así que si tienes una grieta en casa, hay que llamar a un experto en edificación, pero antes, puedes aprender a distinguir cuáles son las que suponen un peligro inminente.

En cuanto veas una grieta, debes consultar a un experto para que determine su peligrosidad. El experto que puede diagnosticar certeramente su procedencia y grado de gravedad es el arquitecto técnico. Si necesitas un diagnóstico rápido y certero, él es el profesional que puede efectuarlo.

Primeramente, hay que diferenciar entre grieta y fisura. La fisura suele ser superficial (aunque también puede ser el primer indicio de una futura grieta) y es como una línea, sin separación. En la grieta sí que se aprecia hueco o separación.

Las grietas estructurales son las más peligrosas, un deterioro de los materiales, un exceso de peso o movimientos en el edificio (obras, excavaciones, sismos, etc.) pueden ocasionarlas. Las grietas no estructurales aparecen por otras causas: cambios de temperatura, de humedad…

Las grietas aparecen en tabiques, muros, techos o pilares. El arquitecto técnico determinará su peligrosidad basándose en diferentes factores, como el tipo de grieta (una y larga o varias y cortas), su grado de inclinación o su disposición respecto a los elementos estructurales. También determinará si se encuentra viva, y va en aumento, o está estabilizada. Su observación y análisis técnico es fundamental para tu seguridad y la de tu casa.

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Consejo Accesibilidad Para la adaptación de las estancias principales de una vivienda para personas con problemas de movilidad reducida, la normativa vigente recoge unos parámetros que deben cumplirse, en el caso concreto de viviendas accesibles para personas usuarias de sillas de ruedas. Además, habrá que tener en cuenta otras consideraciones para personas con discapacidad auditiva. A continuación se resumen los aspectos principales en relación a los espacios, estancias y elementos del interior de la vivienda que garanticen la autonomía de las personas: Acceso y vestíbulo: Las puertas deben tener una anchura libre de paso mínima de 80 cm. Las manivelas deben ser "tipo palanca" y estar situadas entre 80 cm y 1,20 m de altura. Evitar los de "tipo pomo" porque requieren el giro de la muñeca y mayor maniobrabilidad. Es necesario que en ambas caras de la puerta haya un espacio de 1,20 m libre de obstáculos, incluso del barrido de la hoja, para que la persona en silla de ruedas pueda maniobrar de forma autónoma. En el vestíbulo de la entrada, habrá un espacio libre de obstáculos donde pueda inscribirse una circunferencia de diámetro en el suelo 1,50 m para permitir la movilidad del usuario.   Pasillo y zonas de paso: La anchura de paso será como mínimo de 1,10 m. Si se da el caso de estrechamientos (por la existencia de un pilar, por ejemplo), deben tener una anchura mínima de 1,00 m y una longitud menor de 50 cm. Estancias: debe de existir un espacio para giro de diámetro 1,50 m libre de obstáculos considerando el mobiliario. En el caso de los dormitorios debe existir el espacio de aproximación y transferencia a un lado de la cama (y de paso en los pies de la cama) de al menos 90 cm para permitir la circulación de una persona en silla de ruedas. Cocina: Se tendrá en cuenta el citado espacio de giro de   1,50 m y se preverá un espacio libre bajo el fregadero de       70 cm de altura, 80 cm de anchura y 60 cm de profundidad para que una persona en silla de ruedas pueda hacer uso. La encimera estará a una altura menor de 85 cm. Cocinas Accesibles - Vivienda Accesible por Diseño Fuente foto: http://cocinaslolarodriguez.es/vivienda-accesible-por-diseno-cocinas-accesibles/ Terraza: la carpintería de la puerta corredera debe de estar enrasada con el pavimento. Aunque se permiten resaltes de cercos menores a 5 cm no es recomendable ya que imposibilita la entrada-salida a la terraza y puede provocar caídas o tropiezos. Además de los requisitos anteriores, para las personas con discapacidad auditiva, es necesario que la vivienda tenga instalado un avisador luminoso y sonoro de timbre para la apertura de la puerta, que sea visible desde todas las estancias, un sistema de bucle magnético y un interfono o vídeo-comunicador bidireccional para apertura de la puerta. En el próximo artículo definiremos los requisitos que establece la normativa en cuanto al aseos, pavimentos y puertas. Autor del artículo: Manuel García Hernández. Arquitecto Técnico. Oficina Técnica de Accesibilidad (OTAF). FAMDIF/COCEMFE - MURCIA

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